09/03/20111 - DIARIO NEGOCIO - Dinero - Hacienda frena el castigo de las CCAA en sucesiones de empresa familiar
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09/03/20111 - DIARIO NEGOCIO - Dinero - Hacienda frena el castigo de las CCAA en sucesiones de empresa familiar
DIARIO NEGOCIO
Dinero
Hacienda frena el castigo de las CCAA en sucesiones de empresa familiar
Publicado 09/03/20111
Máximo Suchowolski
La polvareda tomó fuerza en la segunda mitad de 2010: primero Galicia, y más recientemente Asturias y Madrid, estaban levantando masivamente actas —muchas millonarias— mediante las que vetaban la tradicional bonificación del 95% —99% en ciertas regiones— aplicable en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) por transmisión de empresas familiares. Ahora la Dirección General de Tributos ha dicho basta. Las CCAA apelaban al supuesto incumplimiento de un requisito claro de la norma fiscal: el heredero del grupo familiar deberá ejercer funciones de dirección y percibir por ellas una remuneración que suponga más del 50% de todas sus rentas del trabajo y actividades económicas. El caso es que, a entender de Tributos y de los contribuyentes afectados, el incumplimiento era meramente teórico.
El truco de las regiones consistía en no permitir que el heredero contabilizara su retribución como administrador si no estaba perfectamente detallada en los estatutos de la empresa, y en impedir también que cuente como retribución por cargo directivo aquellos pagos que se efectuasen en forma de renta del trabajo. Las comunidades se estaban agarrando a las polémicas sentencias del Tribunal Supremo de 2008 sobre el "caso Mahou", según las cuales el gasto de las retribuciones de los administradores no sería deducible para sus empresas si no estaban suficientemente reflejados en los estatutos de la sociedad.
Aunque Tributos ya cerró el conflicto abierto por el caso Mahou para futuros conflictos, lo hizo únicamente a efectos de gastos deducibles, pero no del ISD, y ahí entró en juego la necesidad recaudatoria de las CCAA. Como comenta el director del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis del Amo, surgían dos grandes grupos de afectados: administradores que cobraban como tales, pero sin estar delimitado en estatutos, por ejemplo, la retribución variable que percibían; y otros que ejercían como administradores de forma gratuita pero sí cobraban rentas del trabajo por su labor de dirección.
Ofensiva
Mientras el Instituto de Empresa Familiar exigía explicaciones al Gobierno regional, el REAF y Agustín Fernández, del Colegio de Economistas de A Coruña, comenzaron a preparar argumentación jurídica en contra de las prácticas de las administraciones autonómicas, que concluyó con un dictamen elaborado por el catedrático de derecho tributario Miguel Caamaño.
Tras criticar abiertamente las propias sentencias del Supremo sobre Mahou que ahora han dado pie a la acción de las CCAA en el ISD, Caamaño acusaba a las regiones de dejar en "papel mojado" la recomendación que, hace ya más de 15 años, hizo la Comisión Europea a los Estados miembros para que redujeran todo lo posible la carga fiscal en las transmisiones de empresas familiares, en aras de fomentar su conservación.
" La batalla sigue viva"
Pese al informe de la Dirección General, Galicia ha mostrado ya su intención de seguir liquidando por Sucesiones y Donaciones apelando a la doctrina del Supremo. Cabe tener en cuenta que altos cargos de Tributos reconocen que años atrás su posición era favorable a las tesis regionales. Sin embargo, el órgano que dirige Jesús Gascón (en la imagen) ahora quiere dejar claro que el Supremo, en un caso parecido al de Sucesiones, y a diferencia de lo señalado en el caso Mahou, ya defiende como válido, desde el punto de vista fiscal, el desempeño simultáneo de la condición de administrador y de contratado laboral, origen de toda la polémica.
En todo caso, el experto ya advertía de que, a su juicio, "no tiene defensa posible", ni respaldo legal, el truco de las comunidades de vincular el caso Mahou sobre el Impuesto de Sociedades a la bonificación del ISD, y completaba su tesis subrayando que, en todo caso, a quien corresponde marcar la pauta doctrinal sobre Sucesiones y Donaciones, es la Dirección General de Tributos, no a las regiones.
En paralelo, Galicia estaba tomando el camino de consultar a Tributos. A mediados de enero, la hacienda gallega consultó a la Dirección General a raíz de varias consultas vinculantes de Tributos que, en su opinión, podrían respaldar sus tesis recaudatorias. Poco después, el 7 de febrero, Tributos emitía su informe, rechazando las tesis de Galicia y, por extensión, las de otras regiones.
En el documento de tres folios de la Dirección General, al que ha tenido acceso NEGOCIO de manos de fuentes jurídicas gallegas, Tributos deja claro que el caso Mahou "no afecta" al caso planteado sobre el ISD, de manera que, a los exclusivos efectos de la bonificación fiscal, bastará con que se cumplan los requisitos retributivos del administrador y que las funciones directivas estén acreditadas por contrato o nombramiento.
Pese a la claridad de Tributos sobre lo consultado por Galicia, los damnificados no las tienen todas consigo y tratan de cerrar del todo el conflicto con consultas sobre casos concretos para que la Dirección General elimine definitivamente el filón recaudatorio de las regiones a cuenta de las sucesiones de empresa familiar.
Leer aquí: http://www.diarionegocio.es/dinero/hacienda-frena-el-castigo-las-ccaa-sucesiones-empresa-familiar-20110309
Dinero
Hacienda frena el castigo de las CCAA en sucesiones de empresa familiar
Publicado 09/03/20111
Máximo Suchowolski
La polvareda tomó fuerza en la segunda mitad de 2010: primero Galicia, y más recientemente Asturias y Madrid, estaban levantando masivamente actas —muchas millonarias— mediante las que vetaban la tradicional bonificación del 95% —99% en ciertas regiones— aplicable en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) por transmisión de empresas familiares. Ahora la Dirección General de Tributos ha dicho basta. Las CCAA apelaban al supuesto incumplimiento de un requisito claro de la norma fiscal: el heredero del grupo familiar deberá ejercer funciones de dirección y percibir por ellas una remuneración que suponga más del 50% de todas sus rentas del trabajo y actividades económicas. El caso es que, a entender de Tributos y de los contribuyentes afectados, el incumplimiento era meramente teórico.
El truco de las regiones consistía en no permitir que el heredero contabilizara su retribución como administrador si no estaba perfectamente detallada en los estatutos de la empresa, y en impedir también que cuente como retribución por cargo directivo aquellos pagos que se efectuasen en forma de renta del trabajo. Las comunidades se estaban agarrando a las polémicas sentencias del Tribunal Supremo de 2008 sobre el "caso Mahou", según las cuales el gasto de las retribuciones de los administradores no sería deducible para sus empresas si no estaban suficientemente reflejados en los estatutos de la sociedad.
Aunque Tributos ya cerró el conflicto abierto por el caso Mahou para futuros conflictos, lo hizo únicamente a efectos de gastos deducibles, pero no del ISD, y ahí entró en juego la necesidad recaudatoria de las CCAA. Como comenta el director del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Luis del Amo, surgían dos grandes grupos de afectados: administradores que cobraban como tales, pero sin estar delimitado en estatutos, por ejemplo, la retribución variable que percibían; y otros que ejercían como administradores de forma gratuita pero sí cobraban rentas del trabajo por su labor de dirección.
Ofensiva
Mientras el Instituto de Empresa Familiar exigía explicaciones al Gobierno regional, el REAF y Agustín Fernández, del Colegio de Economistas de A Coruña, comenzaron a preparar argumentación jurídica en contra de las prácticas de las administraciones autonómicas, que concluyó con un dictamen elaborado por el catedrático de derecho tributario Miguel Caamaño.
Tras criticar abiertamente las propias sentencias del Supremo sobre Mahou que ahora han dado pie a la acción de las CCAA en el ISD, Caamaño acusaba a las regiones de dejar en "papel mojado" la recomendación que, hace ya más de 15 años, hizo la Comisión Europea a los Estados miembros para que redujeran todo lo posible la carga fiscal en las transmisiones de empresas familiares, en aras de fomentar su conservación.
" La batalla sigue viva"
Pese al informe de la Dirección General, Galicia ha mostrado ya su intención de seguir liquidando por Sucesiones y Donaciones apelando a la doctrina del Supremo. Cabe tener en cuenta que altos cargos de Tributos reconocen que años atrás su posición era favorable a las tesis regionales. Sin embargo, el órgano que dirige Jesús Gascón (en la imagen) ahora quiere dejar claro que el Supremo, en un caso parecido al de Sucesiones, y a diferencia de lo señalado en el caso Mahou, ya defiende como válido, desde el punto de vista fiscal, el desempeño simultáneo de la condición de administrador y de contratado laboral, origen de toda la polémica.
En todo caso, el experto ya advertía de que, a su juicio, "no tiene defensa posible", ni respaldo legal, el truco de las comunidades de vincular el caso Mahou sobre el Impuesto de Sociedades a la bonificación del ISD, y completaba su tesis subrayando que, en todo caso, a quien corresponde marcar la pauta doctrinal sobre Sucesiones y Donaciones, es la Dirección General de Tributos, no a las regiones.
En paralelo, Galicia estaba tomando el camino de consultar a Tributos. A mediados de enero, la hacienda gallega consultó a la Dirección General a raíz de varias consultas vinculantes de Tributos que, en su opinión, podrían respaldar sus tesis recaudatorias. Poco después, el 7 de febrero, Tributos emitía su informe, rechazando las tesis de Galicia y, por extensión, las de otras regiones.
En el documento de tres folios de la Dirección General, al que ha tenido acceso NEGOCIO de manos de fuentes jurídicas gallegas, Tributos deja claro que el caso Mahou "no afecta" al caso planteado sobre el ISD, de manera que, a los exclusivos efectos de la bonificación fiscal, bastará con que se cumplan los requisitos retributivos del administrador y que las funciones directivas estén acreditadas por contrato o nombramiento.
Pese a la claridad de Tributos sobre lo consultado por Galicia, los damnificados no las tienen todas consigo y tratan de cerrar del todo el conflicto con consultas sobre casos concretos para que la Dirección General elimine definitivamente el filón recaudatorio de las regiones a cuenta de las sucesiones de empresa familiar.
Leer aquí: http://www.diarionegocio.es/dinero/hacienda-frena-el-castigo-las-ccaa-sucesiones-empresa-familiar-20110309
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