02/08/2010 - Ciudadanos - Entrevista: Alejandro Ebrat: "Hay que revisar el testamento cada seis meses"
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02/08/2010 - Ciudadanos - Entrevista: Alejandro Ebrat: "Hay que revisar el testamento cada seis meses"
LA VANGUARDIA.ES
Ciudadanos
Entrevista: Alejandro Ebrat: "Hay que revisar el testamento cada seis meses"
Publicado 02/08/2010
Judith Martínez
Barcelona
El abogado es autor del libro 'Sucesiones y donaciones en Cataluña'
En su libro Sucesiones y donaciones en Cataluña, único en esta materia, el abogado Alejandro Ebrat, presenta los problemas asociados con las herencias, tanto de tipo familiar como los que tienen que ver con el fisco. Ebrat nos da las claves de cómo conciliar ambos aspectos a través de un buen diseño del testamento. En su manual práctico, nos acerca a un mundo desconocido para la mayoría, que en ocasiones supone un tabú familiar difícil de encarar.
¿Cuándo hay que hacer el testamento?
Siempre es importante, pero más si se reside en Catalunya. Es importante para designar a las personas que queremos que nos hereden, porque de no haber parientes, la Generalitat sería la única heredera.
¿Y si hay familia?
De no haber testamento, primero heredan los hijos, seguido del cónyuge, los padres, hermanos, tíos…
¿Entonces, la mujer se queda sin herencia?
El cónyuge hereda el usufructo universal. Y ese es uno de los grandes problemas que hay en Catalunya, porque al morir el marido (normalmente mueren antes que las mujeres) heredan los hijos, pero la mujer (sea la madre de estos o no) se queda el uso y posesión de todo. Esta situación provoca peleas porque para pagar la propia herencia, por ejemplo, la mujer puede tener la necesidad de vender, cosa que no podrá hacer sin el consentimiento de los hijos.
Pero, los hijos no le causarán esa jugarreta a su propia madre …
Mi experiencia me dice que las legítimas y usufructos son una de las primeras causas de conflicto. En el despacho tenemos muchas peleas entre madres e hijos, tan claro que pone los pelos de punta. Muerto el padre, los hijos quieren tocar dinero, pero la madre no les deja…
¡Qué follón!
Pero además de evitar problemas familiares, un buen diseño del testamento nos permitirá ahorrar impuestos, además de evitar los indeseables problemas familiares derivados del mismo. Mi consejo es dividir el patrimonio entre los distintos herederos, individualizar los bienes para cada uno de ellos. No daremos la mitad de una casa a uno y la otra mitad a otro, sino que de haber dos, le daremos una a cada uno, y en el caso de no haberlas, lo mejor es obligarles a llegar a un acuerdo (que uno la compre) o en caso contrario obligarles a venderla y repartirse el dinero. De lo contrario, sus hijos heredarán una propiedad indivisa. Además de evitar problemas entre ellos, a efectos fiscales la herencia saldrá más barata.
¿Qué es mejor donar o suceder en herencia?
Yo soy partidario de que todo lo que no paga por herencia, como la vivienda familiar, y la empresa, es mejor dejarlo en vida a través de donaciones. Pero el resto, aquello que pagaría por herencia, siempre y cuando hablemos de herederos en línea directa, y sobre todo si es dinero en efectivo, es mejor donarlo en vida. En Catalunya, desde el uno de enero de 2008, las donaciones de padres a hijos, de hasta 200.000 €, pagan sólo un 5% . Este tributo aumenta hasta el 7% cuando se trata de cantidades entre 200.000 € y 600.000 € , y hasta un 9% cuando hablamos de cifras superiores. De esta manera, se pueden ir haciendo donaciones de 200.000 € y pagar el 5%, porque en herencia se podría llegar a tributar hasta el 32%.
Pero, ¿qué ocurre con el riconcito que todos queremos guardar por si las cosas van mal?
Hay maneras de donar, como las que se hacen con reserva de la facultad de disponer. Lo que te doy, te lo doy, pero si quiero te lo quito. En realidad, se dona, pero sólo se puede disponer cuando se muera el testador. De esta manera, si pasa a peor fortuna, siempre puede recuperar la donación. También es una reserva ante nueras y yernos problemáticos, evitar embargos…
¿Qué hemos conseguido con la reforma fiscal? ¿Por qué tenemos que hacer trampa para salvar un patrimonio que ha ido creándose a base de pagar impuestos?
La reforma es bienvenida, pero nos hemos quedado a la mitad, no estamos ni mucho menos como en Madrid, donde en línea directa no se paga prácticamente nada, ni otras comunidades vecinas, como Baleares. Lo importante de la reforma de la ley de sucesiones es que ha logrado que muchas familias no paguen. Pero a mi me cuesta creer que ha afectado al 90% de las familias, como se anunció. Porque si bien la segunda vivienda sólo paga a partir de 275.000€, ¿qué casa no vale esa cantidad? Seguimos protegiendo un patrimonio mínimo, pero cuando hablamos de la clase media catalana, hablamos de patrimonios medios y para protegerlos aún queda mucho por hacer. Se sigue pagando mucho cuando se tendría que proteger más el patrimonio familiar para evitar que menguase en el traspaso de generación en generación.
¿Qué otros fallos contiene la reforma?
No estoy de acuerdo que favorezca a las familias numerosas. Un caso práctico: de una segunda residencia valorada en 500.000€, si sólo hay un hijo, se le aplicará una reducción de 275.000€, pero hasta los 500.000 € pagará impuestos, en cambio si hay dos o más hijos, como a cada uno se le reduce esa cantidad, no pagarán nada.
¿Qué ocurre con las parejas de hecho?
En el caso de las heterosexuales, la pareja adquiere condición de cónyuge si hay un hijo en común o una convivencia de más de dos años. No ocurre lo mismo con los homosexuales. De no estar casados e inscritos, la ley no los reconoce como cónyuges, sino que adquieren la condición de extraños y en una herencia pueden llegar a pagar hasta un 64% en impuestos.
¿Y la abuelita de la que nadie se acuerda hasta el día que fallece?
Hay que cuidar mucho a los padres, así como a los tíos y al resto de familiares directos. Porque he visto muchos testamentos de última hora a favor de personas no familiares, sobre todo de cuidadores inmigrantes, que se han llevado el pastel. Al contrario de lo que se pueda pensar, en estos casos es muy difícil demostrar que el testador hizo el testamento en condiciones no aptas para testar, pues éste se hace ante un notario que en ese momento lo valida. Impugnar un testamento es muy difícil.
¿Algún otro consejo?
Cuidado con los extranjeros que se empadronan en nuestras casas. Puede suceder también que, de no tener pareja, después de dos años adquiera la condición de cónyuge y se lo quede todo por delante de padres, hermanos y otros familiares.
Hay que prevenir situaciones inverosímiles.
El testamento se ha de hacer muy bien hecho, muy atado, además de que debe ser dinámico. Hay que revisarlo cada seis meses y cambiarlo a conveniencia. Puede costar entre 30€ y 40€. No es caro.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/ciudadanos/noticias/20100802/53974504092/hay-que-revisar-el-testamento-cada-seis-meses.html
Ciudadanos
Entrevista: Alejandro Ebrat: "Hay que revisar el testamento cada seis meses"
Publicado 02/08/2010
Judith Martínez
Barcelona
El abogado es autor del libro 'Sucesiones y donaciones en Cataluña'
En su libro Sucesiones y donaciones en Cataluña, único en esta materia, el abogado Alejandro Ebrat, presenta los problemas asociados con las herencias, tanto de tipo familiar como los que tienen que ver con el fisco. Ebrat nos da las claves de cómo conciliar ambos aspectos a través de un buen diseño del testamento. En su manual práctico, nos acerca a un mundo desconocido para la mayoría, que en ocasiones supone un tabú familiar difícil de encarar.
¿Cuándo hay que hacer el testamento?
Siempre es importante, pero más si se reside en Catalunya. Es importante para designar a las personas que queremos que nos hereden, porque de no haber parientes, la Generalitat sería la única heredera.
¿Y si hay familia?
De no haber testamento, primero heredan los hijos, seguido del cónyuge, los padres, hermanos, tíos…
¿Entonces, la mujer se queda sin herencia?
El cónyuge hereda el usufructo universal. Y ese es uno de los grandes problemas que hay en Catalunya, porque al morir el marido (normalmente mueren antes que las mujeres) heredan los hijos, pero la mujer (sea la madre de estos o no) se queda el uso y posesión de todo. Esta situación provoca peleas porque para pagar la propia herencia, por ejemplo, la mujer puede tener la necesidad de vender, cosa que no podrá hacer sin el consentimiento de los hijos.
Pero, los hijos no le causarán esa jugarreta a su propia madre …
Mi experiencia me dice que las legítimas y usufructos son una de las primeras causas de conflicto. En el despacho tenemos muchas peleas entre madres e hijos, tan claro que pone los pelos de punta. Muerto el padre, los hijos quieren tocar dinero, pero la madre no les deja…
¡Qué follón!
Pero además de evitar problemas familiares, un buen diseño del testamento nos permitirá ahorrar impuestos, además de evitar los indeseables problemas familiares derivados del mismo. Mi consejo es dividir el patrimonio entre los distintos herederos, individualizar los bienes para cada uno de ellos. No daremos la mitad de una casa a uno y la otra mitad a otro, sino que de haber dos, le daremos una a cada uno, y en el caso de no haberlas, lo mejor es obligarles a llegar a un acuerdo (que uno la compre) o en caso contrario obligarles a venderla y repartirse el dinero. De lo contrario, sus hijos heredarán una propiedad indivisa. Además de evitar problemas entre ellos, a efectos fiscales la herencia saldrá más barata.
¿Qué es mejor donar o suceder en herencia?
Yo soy partidario de que todo lo que no paga por herencia, como la vivienda familiar, y la empresa, es mejor dejarlo en vida a través de donaciones. Pero el resto, aquello que pagaría por herencia, siempre y cuando hablemos de herederos en línea directa, y sobre todo si es dinero en efectivo, es mejor donarlo en vida. En Catalunya, desde el uno de enero de 2008, las donaciones de padres a hijos, de hasta 200.000 €, pagan sólo un 5% . Este tributo aumenta hasta el 7% cuando se trata de cantidades entre 200.000 € y 600.000 € , y hasta un 9% cuando hablamos de cifras superiores. De esta manera, se pueden ir haciendo donaciones de 200.000 € y pagar el 5%, porque en herencia se podría llegar a tributar hasta el 32%.
Pero, ¿qué ocurre con el riconcito que todos queremos guardar por si las cosas van mal?
Hay maneras de donar, como las que se hacen con reserva de la facultad de disponer. Lo que te doy, te lo doy, pero si quiero te lo quito. En realidad, se dona, pero sólo se puede disponer cuando se muera el testador. De esta manera, si pasa a peor fortuna, siempre puede recuperar la donación. También es una reserva ante nueras y yernos problemáticos, evitar embargos…
¿Qué hemos conseguido con la reforma fiscal? ¿Por qué tenemos que hacer trampa para salvar un patrimonio que ha ido creándose a base de pagar impuestos?
La reforma es bienvenida, pero nos hemos quedado a la mitad, no estamos ni mucho menos como en Madrid, donde en línea directa no se paga prácticamente nada, ni otras comunidades vecinas, como Baleares. Lo importante de la reforma de la ley de sucesiones es que ha logrado que muchas familias no paguen. Pero a mi me cuesta creer que ha afectado al 90% de las familias, como se anunció. Porque si bien la segunda vivienda sólo paga a partir de 275.000€, ¿qué casa no vale esa cantidad? Seguimos protegiendo un patrimonio mínimo, pero cuando hablamos de la clase media catalana, hablamos de patrimonios medios y para protegerlos aún queda mucho por hacer. Se sigue pagando mucho cuando se tendría que proteger más el patrimonio familiar para evitar que menguase en el traspaso de generación en generación.
¿Qué otros fallos contiene la reforma?
No estoy de acuerdo que favorezca a las familias numerosas. Un caso práctico: de una segunda residencia valorada en 500.000€, si sólo hay un hijo, se le aplicará una reducción de 275.000€, pero hasta los 500.000 € pagará impuestos, en cambio si hay dos o más hijos, como a cada uno se le reduce esa cantidad, no pagarán nada.
¿Qué ocurre con las parejas de hecho?
En el caso de las heterosexuales, la pareja adquiere condición de cónyuge si hay un hijo en común o una convivencia de más de dos años. No ocurre lo mismo con los homosexuales. De no estar casados e inscritos, la ley no los reconoce como cónyuges, sino que adquieren la condición de extraños y en una herencia pueden llegar a pagar hasta un 64% en impuestos.
¿Y la abuelita de la que nadie se acuerda hasta el día que fallece?
Hay que cuidar mucho a los padres, así como a los tíos y al resto de familiares directos. Porque he visto muchos testamentos de última hora a favor de personas no familiares, sobre todo de cuidadores inmigrantes, que se han llevado el pastel. Al contrario de lo que se pueda pensar, en estos casos es muy difícil demostrar que el testador hizo el testamento en condiciones no aptas para testar, pues éste se hace ante un notario que en ese momento lo valida. Impugnar un testamento es muy difícil.
¿Algún otro consejo?
Cuidado con los extranjeros que se empadronan en nuestras casas. Puede suceder también que, de no tener pareja, después de dos años adquiera la condición de cónyuge y se lo quede todo por delante de padres, hermanos y otros familiares.
Hay que prevenir situaciones inverosímiles.
El testamento se ha de hacer muy bien hecho, muy atado, además de que debe ser dinámico. Hay que revisarlo cada seis meses y cambiarlo a conveniencia. Puede costar entre 30€ y 40€. No es caro.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/ciudadanos/noticias/20100802/53974504092/hay-que-revisar-el-testamento-cada-seis-meses.html
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