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06/10/2012 - FINANZAS.COM - Economía - Anticípese ya a las subidas de 2013

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Missatge  Montser Dl 08 Oct 2012, 18:24

FINANZAS.COM
Economía
Anticípese ya a las subidas de 2013
Publicado 06/10/2012
José Mª Camarero

IMPUESTOS

Llega una nueva traba a la hora de invertir: los impuestos que tenga que pagar. A partir del próximo año, cualquier decisión que tome sobre su cartera de activos vuelve a tener como protagonista a la fiscalidad. Es decir, lo mismo que ocurría hasta 2007. No es que los tributos no hayan sido relevantes en el último lustro. Pero ahora, cada decisión dependerá aún más del impacto que tengan algunos impuestos en la configuración de su cartera. No va a suponer lo mismo invertir en acciones que en fondos; ni hacerlo con vista a largo o corto plazo.

Los expertos aconsejan materializar la venta de activos bursátiles este año y apostar por los fondos y la renta fija a partir del próximo; en Patrimonio, acójase a las exenciones de empresas familiares.

El proyecto de ley de medidas tributarias que acompañará a los Presupuestos de 2013 obliga al inversor a reflexionar sobre la toma de decisiones estratégicas en este momento, cuando restan tres meses hasta finales de año.

Vender ahora para compensar después

El tratamiento de las plusvalías generadas en menos de 12 meses es el cambio más importante que pretende aprobar el Ejecutivo. Porque si se genera una ganancia patrimonial en menos de un año, esa renta tributará al tipo marginal del contribuyente (entre el 24 y el 56 por ciento, según sus ingresos y la Comunidad en la que resida). Las ganancias se integrarán en la base general, y no en la del ahorro, donde actualmente se gravan al 21, 24 ó 27 por ciento, dependiendo de la cuantía.

Este cambio «podría beneficiar a quien obtenga bases imponibles bajas», explica María Ángeles García, abogada de Arag. Porque «si la ganancia no es muy cuantiosa, saldrá beneficiado si el tipo que le corresponde es menor que los que están en vigor actualmente», indica. Sin embargo, en la práctica, quienes obtienen ganancias bursátiles es porque sus ingresos anuales suelen ser altos. Los activos que se encuentran perjudicados son los valores de renta variable (acciones, derivados) y viviendas. También los de instituciones de inversión colectiva (fondos), aunque su transmisión sin coste fiscal aconseja aprovechar este beneficio a largo plazo.

Si durante este año ha adquirido alguno de esos bienes y tuvieran plusvalías latentes, «la mejor opción pasa por anticipar su venta», explica José Manuel Ortiz, consejero de Cuatrecasas Gonçalves-Pereira. En el caso de que esos activos tengan plusvalías latentes, «al anticipar la materialización de las ganancias, podrá tributar, como máximo, al 27 por ciento, y no hasta el 56», indica Ortiz.

El dilema de las minusvalías

Pero a la vista de cómo han evolucionado los mercados en los últimos meses, lo más probable es que los inversores se encuentren con pérdidas. En este caso, ¿cómo debe actuar antes de fin de año? Al tomar una decisión, hay que tener en cuenta cómo se regulará la compensación de pérdidas a corto plazo.

En primer lugar, el proyecto de ley de Hacienda obligará a compensar esas minusvalías a corto con ganancias a corto de activos similares. Si el resultado de esa integración fuera negativo, se podrá compensar con el resto de rentas de la base imponible general (rentas del trabajo, otros ingresos, etc.). Y si aun así, el saldo se mantuviera en negativo, la compensación se podrá aplazar hasta conseguir rentas positivas superiores en los cuatro años siguientes.

Con este cambio encima de la mesa, quienes tengan pérdidas latentes dentro de este año y puedan compensarlas con otras ganancias generadas en la base del ahorro «deberían anticipar la materialización de la venta antes de 2013», explica José Manuel Ortiz. Así aprovecharán los gravámenes actuales. Pero si no tiene ganancias con las que compensar esas pérdidas, «quizá sería más conveniente esperar a la nueva legislación y diferir la venta a 2013», indica. De este modo, las minusvalías a corto plazo generadas en 2013 previsiblemente las podrá integrar con las ganancias de corto plazo y los rendimientos de la base general que se obtengan en los próximos cuatro años.

Más fondos y renta fija

Otro de los aspectos relevantes de la nueva normativa tributaria es la clasificación de las inversiones que se verán afectadas por los cambios. En principio, los rendimientos de los productos de ahorro (depósitos, cuentas, etc.); los de valores de renta fija; y los de otros productos, como los seguros de vida «unit linked», seguirán tributando en la base del ahorro, con los tipos actuales (21, 24 y 27).

El activo que mayores ventajas presenta para afrontar este hachazo fiscal son los fondos de inversión. La norma «va a aportar más valor a estos productos», explica Belén Alarcón, directora general de Abante Asesores Consejeros Financieros EAFI. «Si quiere acciones del Ibex, lo mejor va a ser delegar la gestión para invertir a través de fondos», indica. «Son el vehículo que más ventajas aporta ahora», afirma esta experta.

La ventaja de estos activos es doble: por una parte, el inversor diversifica su cartera en un momento tan complejo como el actual; pero, sobre todo, porque «permite diferir el abono de impuestos hasta cuando el titular lo desee, por ejemplo, hasta que pase la crisis», afirma Alarcón. Y mientras el inversor traspase su capital entre fondos, no tiene por qué tributar, al tiempo que aprovecha las oportunidades del mercado, aunque sea en renta variable.

También es relevante indicar que «el castigo no alcanzará al trading de renta fija», explica José Manuel Ortiz, de Cuatrecasas Gonçalves-Pereira. Es decir, el nuevo escenario fiscal «hará que se reorienten las inversiones hacia estos productos en busca de una mejor rentabilidad financiero-fiscal», como la deuda soberana, la corporativa; y otros activos que repliquen la evolución de uno o varios valores de renta variable. «Existen instrumentos que no generan ganancias patrimoniales y que indirectamente permiten trasladar al inversor las rentabilidades a corto plazo del mercado de renta variable», recomienda Ortiz. Entre estos productos se encuentran los activos de renta fija cuya rentabilidad final dependa de una cesta de valores bursátiles o un determinado índice.; o los «unit-linked» ligados a valores de renta variable.

Utilice exenciones en patrimonio

También se prorroga el Impuesto de Patrimonio, en vigor desde este año. Muchos inversores deberán hacer encaje de bolillos para evitar el impacto de este tributo en sus bolsillos. Pero existen alternativas para que el coste no sea tan elevado como el inicialmente estimado.

Por una parte, «puede acogerse a alguna de las exenciones empresariales, si se cumplen las normas para ello», explica Belén Alarcón. Entre otros requisitos, destacan: la necesidad de que el contribuyente tenga una participación en la empresa inferior al cinco por ciento (20 por ciento, si es junto a cónyuge, ascendientes y descendientes); y que ejerza funciones de dirección y reciba una remuneración que represente más del 50 por ciento de los rendimientos empresariales.

En cualquier caso, siempre es necesario vigilar que se cumplen estos requisitos antes de solicitar la exención, para evitar problemas posteriores.

Otra posibilidad es aprovechar otros activos. «Existen unit-linked temporales, con los que renuncias a la liquidez del patrimonio durante unos años», explica Alarcón. Esta experta advierte de que «para que resulte interesante, el patrimonio debería superar los tres millones de euros».

Donación perversa

Aunque las Comunidades no han presentado aún sus proyectos de Presupuestos, algunas ya han anticipado cambios en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. «No creo que Comunidades como Madrid desanden lo avanzado, pero sí es probable que Transmisiones Patrimoniales pueda sufrir una subida», explica Begoña Villacís, de Legálitas.

En el caso de que quiera anticiparse a la supresión de bonificaciones, como va a ocurrir en Castilla y León, «hay que tener en cuenta el impacto de los impuestos paralelos en una donación», explica Belén Alarcón.

Porque, por ejemplo, si se transmite una vivienda, pueden aflorar plusvalías (diferencia entre el precio de transmisión actual y el de adquisición) que deben tributar como ganancias patrimoniales del donante en el Impuesto de la Renta.

También es posible que haya que abonar la correspondiente plusvalía municipal tras realizar este tipo de transmisiones a descendientes u otros familiares. Así, lo que se ahorra en Donaciones puede resultar mucho menor que el impacto que tendrán otros tributos relacionados con esta operación.

Además, al formalizar una donación, hay que tener en cuenta que «en el caso de fallecimiento del donante, las donaciones realizadas durante un periodo de tiempo en concreto se tienen en cuenta a los efectos de la liquidación de la herencia», según Antonio Durán-Sindreu, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).

Leer aquí: http://www.finanzas.com/noticias/economia/fiscalidad/20121006/anticipese-subidas-2013-1562207.html


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