11/04/2011 - EL CORREO.COM - Álava - Sociedad - Alejandro Ebrat: «Los testamentos hechos a escondidas provocan sorpresas»
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11/04/2011 - EL CORREO.COM - Álava - Sociedad - Alejandro Ebrat: «Los testamentos hechos a escondidas provocan sorpresas»
EL CORREO.COM
Álava
Sociedad
«Los testamentos hechos a escondidas provocan sorpresas»
Publicado 11/04/2011
GERARDO ELORRIAGA
BILBAO
El abogado Alejandro Ebrat hablará hoy de herencias y donaciones en El Aula de EL CORREO, en Bilbao
SU PERFIL
Director de un bufete de abogados especializado en el asesoramiento jurídico tributario.
Profesor en el Instituto Superior de Derecho y Economía, y ponente en el Máster de Práctica Jurídica organizado por el Colegio de Abogados y la Universidad de Barcelona.
Autor de dos libros: 'Declaración de la renta 2010 para dummies' y 'Todo lo que necesitas saber sobre herencias y donaciones'.
El abogado Alejandro Ebrat aconseja reunir a la familia y hablar con franqueza de un tema tan peliagudo como es el testamento. «El reparo proviene de la impresión de que existe un ánimo egoísta, el deseo de aprovecharse, así que a menudo se hace a escondidas y sin ningún tipo de consulta», explica el especialista. «Y eso genera sorpresas», advierte. En el País Vasco, como territorio aforado, las sucesiones siguen un régimen que salvaguarda la parte legítima que corresponde a los hijos, dos terceras partes del patrimonio. «Pero en el 90% de los casos no se especifica lo que corresponde a cada uno, lo que genera problemas», apunta.
El experto hablará esta tarde de las maneras de afrontar este trámite en un nuevo encuentro de El Aula de El Correo que tendrá lugar en el Salón El Carmen de Bilbao a partir de las ocho de la tarde y que cuenta con la colaboración de Ediciones Deusto.
El conferenciante, autor del libro 'Todo lo que necesitas saber sobre herencias y donaciones', considera positivo que se establezcan acuerdos entre los beneficiarios para evitar disputas posteriores y cree que la peor opción es no redactar un testamento. «Si no hay testamento, se lo quedará el Estado o la Comunidad Autónoma», indica. «Debemos dejar nuestras posesiones a quien queramos y de la manera que precisemos», insiste.
Esta desidia también resulta especialmente perjudicial para las parejas de hecho. «Si se inscriben en el registro correspondiente, su estatus se equipara al de los cónyuges y no han de pagar, pero si no lo hacen y no pueden probar la convivencia, deberán abonar las tasas correspondientes a una persona extraña», apunta. En Euskadi, la familia directa está exenta, pero no así los tíos, sobrinos y demás parientes.
También cabe renunciar a una herencia. El abogado alega que se trata de una posibilidad para personas de edad avanzada o «si está envenenada», es decir, conlleva más deudas que bienes. Entre esas situaciones peliagudas, señala el piso hipotecado con inquilinos. «Tal vez implique más gastos que ingresos y no sea posible la venta».
Donaciones gravadas
La aparición en el testamento de cuantiosas donaciones, frecuentemente inesperadas, a personas de compañía es otra cuestión que se suele plantear. La legítima escapa a cualquier menoscabo, pero sí en el tercio de libre disposición. «Hay que dilucidar si el individuo se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales», comenta.
Con frecuencia, la persona realiza donaciones en vida para evitar las limitaciones que preservan la herencia. «Camilo José Cela Conde llevó a juicio a Marina Castaño por tal motivo y ganó el pleito», recuerda.
Las donaciones están gravadas, con la excepción de los premios derivados de las Quinielas o la lotería, o aquellas que reciben los organismos sin ánimo de lucro. «Pero los regalos de los concursos de televisión han de abonar impuestos, y son elevados, incluso superiores al 30%, por tanto, existe la obligación de explicarlo».
Esta fórmula exige la aceptación de quien la recibe y si se trata de un inmueble, ha de llevarse a cabo una escritura pública. Pero es preciso tener en cuenta la ganancia patrimonial, ya que si existe, tal vez sea mejor esperar a la herencia o realizar la donación en efectivo. «Si, por ejemplo, la casa ha sido adquirida con posterioridad a 1986 habrá de asumir un tipo elevado y lo habrá de abonar el donante», advierte.
Leer aquí: http://www.elcorreo.com/alava/v/20110411/sociedad/testamentos-hechos-escondidas-provocan-20110411.html
Álava
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«Los testamentos hechos a escondidas provocan sorpresas»
Publicado 11/04/2011
GERARDO ELORRIAGA
BILBAO
El abogado Alejandro Ebrat hablará hoy de herencias y donaciones en El Aula de EL CORREO, en Bilbao
SU PERFIL
Director de un bufete de abogados especializado en el asesoramiento jurídico tributario.
Profesor en el Instituto Superior de Derecho y Economía, y ponente en el Máster de Práctica Jurídica organizado por el Colegio de Abogados y la Universidad de Barcelona.
Autor de dos libros: 'Declaración de la renta 2010 para dummies' y 'Todo lo que necesitas saber sobre herencias y donaciones'.
El abogado Alejandro Ebrat aconseja reunir a la familia y hablar con franqueza de un tema tan peliagudo como es el testamento. «El reparo proviene de la impresión de que existe un ánimo egoísta, el deseo de aprovecharse, así que a menudo se hace a escondidas y sin ningún tipo de consulta», explica el especialista. «Y eso genera sorpresas», advierte. En el País Vasco, como territorio aforado, las sucesiones siguen un régimen que salvaguarda la parte legítima que corresponde a los hijos, dos terceras partes del patrimonio. «Pero en el 90% de los casos no se especifica lo que corresponde a cada uno, lo que genera problemas», apunta.
El experto hablará esta tarde de las maneras de afrontar este trámite en un nuevo encuentro de El Aula de El Correo que tendrá lugar en el Salón El Carmen de Bilbao a partir de las ocho de la tarde y que cuenta con la colaboración de Ediciones Deusto.
El conferenciante, autor del libro 'Todo lo que necesitas saber sobre herencias y donaciones', considera positivo que se establezcan acuerdos entre los beneficiarios para evitar disputas posteriores y cree que la peor opción es no redactar un testamento. «Si no hay testamento, se lo quedará el Estado o la Comunidad Autónoma», indica. «Debemos dejar nuestras posesiones a quien queramos y de la manera que precisemos», insiste.
Esta desidia también resulta especialmente perjudicial para las parejas de hecho. «Si se inscriben en el registro correspondiente, su estatus se equipara al de los cónyuges y no han de pagar, pero si no lo hacen y no pueden probar la convivencia, deberán abonar las tasas correspondientes a una persona extraña», apunta. En Euskadi, la familia directa está exenta, pero no así los tíos, sobrinos y demás parientes.
También cabe renunciar a una herencia. El abogado alega que se trata de una posibilidad para personas de edad avanzada o «si está envenenada», es decir, conlleva más deudas que bienes. Entre esas situaciones peliagudas, señala el piso hipotecado con inquilinos. «Tal vez implique más gastos que ingresos y no sea posible la venta».
Donaciones gravadas
La aparición en el testamento de cuantiosas donaciones, frecuentemente inesperadas, a personas de compañía es otra cuestión que se suele plantear. La legítima escapa a cualquier menoscabo, pero sí en el tercio de libre disposición. «Hay que dilucidar si el individuo se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales», comenta.
Con frecuencia, la persona realiza donaciones en vida para evitar las limitaciones que preservan la herencia. «Camilo José Cela Conde llevó a juicio a Marina Castaño por tal motivo y ganó el pleito», recuerda.
Las donaciones están gravadas, con la excepción de los premios derivados de las Quinielas o la lotería, o aquellas que reciben los organismos sin ánimo de lucro. «Pero los regalos de los concursos de televisión han de abonar impuestos, y son elevados, incluso superiores al 30%, por tanto, existe la obligación de explicarlo».
Esta fórmula exige la aceptación de quien la recibe y si se trata de un inmueble, ha de llevarse a cabo una escritura pública. Pero es preciso tener en cuenta la ganancia patrimonial, ya que si existe, tal vez sea mejor esperar a la herencia o realizar la donación en efectivo. «Si, por ejemplo, la casa ha sido adquirida con posterioridad a 1986 habrá de asumir un tipo elevado y lo habrá de abonar el donante», advierte.
Leer aquí: http://www.elcorreo.com/alava/v/20110411/sociedad/testamentos-hechos-escondidas-provocan-20110411.html
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