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12/04/2011 - DEIA.COM - Sociedad - Euskadi - La vida después de la muerte - Guía práctica para hacer testamentos (Alejandro Ebrat)

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Missatge  Montser Dt 12 Abr 2011, 09:35

DEIA.COM
Sociedad
Euskadi
La vida después de la muerte
Guía práctica para hacer testamentos
Publicado 12/04/2011
J. Fernández
Bilbao

El abogado Alejandro Ebrat presenta una guía práctica para hacer testamentos

En una ocasión se vio obligado a requerir la presencia de la Policía en su bufete para evitar que dos hermanos llegaran a las manos delante de su madre recién enlutada. Y todo, porque el testamento dispuesto por el finado se había saltado a la torera una serie de principios básicos para evitar este tipo de conflictos. Por ejemplo, desgrana el abogado Alejandro Ebrat (Barcelona 1958), concretar los bienes que recibirá cada persona, evitar la figura del usufructo para las/los cónyuges y, sobre todo, la transparencia y el consenso con la familia.

Y es que, como explica este jurista experto en el asesoramiento tributario, el ser humano por naturaleza comete dos errores de inicio: prefiere mantener en secreto las entrañas de su testamento y, además, elude preguntar sobre ese contenido. "Al padre le da miedo hablar de la muerte y el hijo se pregunta ¿cómo hablo yo con mi padre? Va a pensar que le voy a sacar hasta la sangre? Este es el sentimiento que hay que eliminar porque no hablamos de la muerte o de quitar algo al padre. Estamos hablando de herencias y hacerlo como si habláramos de una compra-venta", alega.

Las consecuencias de este arranque a pie cambiado son claras para Ebrat: "El noventa por ciento de las herencias son conflictivas y la culpa es del que estira la pata", por no haber hablado con la familia sobre la distribución del patrimonio. Aunque, según puntualiza, "hay hijos a los que jamás hay que decirles que no les vas a dejar nada porque te comen; no esperan a que mueras", describe. "Cuando el heredero tiene que pensar, malo; cuando el heredero tiene que repartir, malo: yo quiero esto, lo tuyo vale más; y luego, cuando entran los políticos (nuera, yerno,…) y entonces es una olla a presión", añade.

Por eso, para evitar los quebraderos de cabeza y los contratiempos que pueden derivar en gastos desproporcionados o innecesarios, este abogado catalán ha escrito Todo lo que necesitas saber sobre herencias y donaciones (Ed. Deusto), una guía práctica que, como él dice, ha de servir para "evitar problemas y gestionar de modo eficaz las herencias familiares y obtener el mejor resultado económico". Y es que, en algunas zonas, las personas beneficiarias de herencias y de donaciones deben afrontar el pago de distintos impuestos en función del valor del bien recibido.

Afortunadamente, los ciudadanos de la CAV favorecidos en un testamento están exentos del Impuesto de Sucesiones. "Es un paraíso fiscal en este sentido", aclara Ebrat. Ni ascendientes ni descendientes ni cónyuges deben abonar nada a las administraciones. No obstante, las denominadas herencias envenenadas son capaces de enturbiar cualquier sentimiento e incluso llevar a la ruina al beneficiario si desconoce cuáles son sus derechos. "Imagina que las deudas del fallecido superan los bienes de la herencia. El heredero está obligado a pagar incluso con su patrimonio", relata.

Regalos con sorpresa Así, este abogado presenta la fórmula del beneficio a inventario. Esto es, acudir al notario y hacer una relación de los bienes heredados. "Con lo que hay igual pago las deudas y si sobra me lo quedo. Y si no sobra y hay deudas, agur muy buenas, y no heredo nada".

Y la lista de regalitos con sorpresa no acaba ahí. En su libro habla también de herencias imposibles de realizar. "Imagina. Yo heredo dos edificios en Bilbao con veinte pisos cada uno. Qué herencia más bonita. Pero resulta que soy una persona que tiene que pagar el Impuesto de Sucesiones, por ejemplo un hermano o un sobrino que sí pagan, y para pagarlo tengo que vender uno de los edificios, pero no puedo porque todos están alquilados y además hipotecados.... Total, que tengo que tragar y la administración me embarga y esa alegría que tenía se me va", ilustra.

Todas estas desgracias "que se dan", insiste Ebrat, pueden ser evitadas si el cesante y su familia tratan estos temas con naturalidad y con profesionalidad, acudiendo a la consulta de un abogado y luego al notario que cobra cuarenta euros por dar fe. Y, puestos a dar consejos, continúa con un par de advertencias. La primera, para las parejas de hecho: si no están inscritas en el registro, al cónyuge se le considera jurídicamente un extraño y "puede tener que pagar hasta un cuarenta por ciento de la herencia, dependiendo del importe. Una locura".

La segunda llamada al orden es para los familiares ya que, en los últimos tiempos, están aumentando los testamentos de última hora, aquellos que son cambiados antes de morir a favor de personas cuidadoras, acompañantes y empleadas del hogar a consecuencia de la desatención consanguínea. "Abres la herencia y te encuentras con una sorpresa de narices", concluye este abogado catalán.

Leer aquí: http://www.deia.com/2011/04/12/sociedad/euskadi/la-vida-despues-de-la-muerte
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