10/04/2011 - Opinión - Temas de debate - Herencias sin problemas
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10/04/2011 - Opinión - Temas de debate - Herencias sin problemas
LA VANGUARDIA.ES
Opinión
Temas de debate
Herencias sin problemas
Publicado 10/04/2011
Planificar una herencia antes de morir es la mejor manera de evitar conflictos posteriores entre los herederos. Conocer, además, los impuestos que tendremos que pagar ayudará a hacer un mejor testamento. El anuncio del Govern de reformar el impuesto de sucesiones ha allanado, en este sentido, el camino a las familias catalanas
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html
ANÁLISIS. ALEJANDRO EBRAT PICART
Para ti el piso, para ti el dinero...
Alejandro Ebrat Picart
Abogado y profesor de derecho fiscal
Hay que hablar de las herencias sin tabúes, sin miedo a hablar de la muerte y sin sentimiento de apropiación. Se han de explicar de una manera clara, que se entiendan, sin términos jurídicos. Los padres deben hablar con los hijos y estos con sus padres y abuelos. Las herencias se deben conocer, pues un día u otro nos enfrentaremos a ellas y mejor hacerlo con los deberes hechos. La mayoría de las herencias son conflictivas y por desgracia la culpa es del pobre fallecido, por no haberlo previsto a tiempo.
Hay que oír las inquietudes de los padres por el futuro de sus bienes y preparar un testamento a su medida. Muchas veces se tiene miedo a que el hijo dilapide el patrimonio familiar, otras a que la herencia llegue a los familiares políticos (nuera, yerno...), y en la mayoría de los casos se desea un reparto equitativo entre los hijos que no origine disputas. Un error muy común es repartir la herencia en bloque a todos los herederos por partes iguales, es decir, dejar los bienes a los hijos en partes indivisas sin concretar qué bien va para cada uno. Si el heredero tiene que repartir, habrá pelea.
El testamento más común es el peor de todos: "Nombro heredero/ a universal a mi esposo/ a y si no está, mis hijos"; primero porque hay dos transmisiones de propiedad muchas veces innecesarias, una hacia el cónyuge viudo y cuando éste fallezca otra transmisión hacia los hijos, con los costes que ello supone, y segundo porque los hijos tienen una cuarta parte del todo como legítima (en Catalunya) y el cónyuge el resto como heredero. Si el cónyuge necesita vender, no puede sin el consentimiento de los hijos y los hijos no ven ni un euro de la herencia si la madre o padre no quiere. El lío está servido.
Lo más importante es dejar la herencia repartida entre los herederos - a éste la casa, al otro el piso, a éste el dinero del banco-, y si no hay bienes suficientes, establecer mecanismos para su venta o reparto, pero nunca que sean ellos los que repartan. Al heredero hay que dárselo todo hecho y mascado, él no debe repartir la herencia. Si no es así, los problemas entre herederos acaban en pleitos interminables y estos problemas son peores que los impuestos que se tienen que pagar. Al fin y al cabo se paga el impuesto y se reparte el resto. En cambio, si hay pleito se puede estar diez años o más ante los tribunales. Sería ideal hacer el testamento consensuado con la familia, como un pacto entre todos. Es una satisfacción personal y profesional tener una familia enfrente preparando un testamento. No es fácil, pero si se consigue se garantiza el ahorro de problemas futuros.
Muchas veces se hace el testamento a escondidas, sin que se entere nadie y luego al abrirlo vienen las sorpresas, desengaños y decepciones porque a este "le ha tocado más que a mí". Incluso se están dando casos de ancianos que hacen el testamento a última hora en favor de personas de compañía y eso es falta de diálogo (y cariño).
A través del testamento, podremos designar quién y cuánto heredarán, y en qué condiciones; por ejemplo, nuestros hijos no podrán heredar hasta que alcancen una edad o acaben unos estudios, podremos designar tutores de nuestros hijos si son menores de edad, podremos establecer condiciones o establecer restricciones - que no puedan vender un bien-,evitaremos que hereden las parejas de hecho de nuestros hijos, evitaremos el usufructo del viudo (nada recomendable), nombraremos albaceas, etcétera. Incluso podremos ahorrar impuestos. En cambio, la falta de testamento podría provocar que nuestra herencia se la lleve la Generalitat.
El testamento hay que revisarlo - no cambiarlo-cada año. Las circunstancias familiares y patrimoniales cambian. Nuestro hijo puede tener problemas y estar embargado hasta las cejas o puede tener problemas matrimoniales que puedan afectar a su patrimonio; en este caso, cambiaremos el testamento a favor de los nietos, por ejemplo.
Antes del fallecimiento se debe preparar la herencia, no hacer movimientos bancarios de última hora, arreglar el problema de las parejas de hecho no reconocidas y las herencias a extraños - que pueden llegar a pagar hasta el 64% de la herencia-y para evitar impuestos podemos crear empresas familiares, hacer donaciones en vida cada tres años, revisar empadronamientos, etcétera.
Tras el óbito debemos estudiar bien la aceptación de herencia, podemos renunciar a ella si hay muchas deudas, o si el heredero es mayor, en favor de sus descendientes o incluso se puede renunciar para ahorrar impuestos. Si se trata de una herencia envenenada (es decir, sin posibilidad de vender bienes porque están hipotecados), se pueden buscar soluciones. Y al final, la negociación para acabar en la partición y adjudicación de la herencia entre los herederos, que deberá ser lo más pacífica posible.
A. EBRAT PICART, abogado y profesor de derecho fiscal.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html?page=1
LA CLAVE. JOSEP GUIU BADIA
El impuesto de sucesiones
Josep Guiu, abogado
El impuesto de sucesiones y donaciones (ISD) es un impuesto cargado de polémica. Y, como suele suceder, el mayor perjudicado es el ciudadano de a pie, el cual, aun hoy, no tiene las ideas claras sobre si se ha suprimido, reducido, bonificado o lo que sea que le haya pasado. Vayamos por partes, a ver si conseguimos aclarar algo. El ISD es un impuesto estatal aplicable a todos los españoles. Ahora bien, en el marco de la necesidad de proveer de recursos a las comunidades autónomas, la Constitución prevé la posibilidad de ceder determinados tributos. Este es el caso del ISD. Ello conlleva que determinados aspectos del ISD sean regulados por las comunidades (por ejemplo, establecer reducciones sobre las cantidades por las que debe tributarse o reducir la cuota del tributo bonificándolo). Lo que no puede hacer la comunidad es eliminar el ISD, porque no tiene la capacidad normativa para hacerlo. Es decir, cada comunidad puede dejar el ISD reducido a la expresión que considere conveniente, pero jamás suprimirlo.
Dicho de otro modo, cada comunidad, tiene, en materia de ISD, la potestad de interpretar el modo en que sus ciudadanos deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica y sobre la base del principio de igualdad. De ahí las diferencias entre comunidades, y de ahí que un valenciano (y, en un futuro muy próximo, un catalán) paguen menos que un asturiano.
Vayamos a nuestro caso. En Catalunya, el president Mas ha anunciado "la supresión" del impuesto para herencias entre cónyuges y/ o descendientes. Así, por la combinación de reducciones aplicables sobre el valor de los bienes objeto de herencia, y la bonificación del 99%, que se supone que aprobará el Parlament, ha hecho que en la inmensa mayoría de los casos el impuesto quedará reducido a cero.
A partir de esta situación puede darse todo el debate que se quiera sobre si se debíao no reformar hasta, prácticamente, suprimir este impuesto. En cualquier caso, resulta innegable, por un lado, que Convergència i Unió ha cumplido con su promesa electoral. Y, por otra parte, que el proceso de reforma lo inició el tripartito a finales del 2009, cuando la crisis ya era innegable, y, si mal no recuerdo, el tripartito se jactaba de que, con aquella reforma, el ISD había quedado suprimido para el 90% de los catalanes.
Así pues, a la luz de la polémica desatada, ¿el debate suscitado no ha sido más por oportunismo político que por cualquier otra razón? Me temo que sí.
J. GUIU BADIA, abogado.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html?page=2
Opinión
Temas de debate
Herencias sin problemas
Publicado 10/04/2011
Planificar una herencia antes de morir es la mejor manera de evitar conflictos posteriores entre los herederos. Conocer, además, los impuestos que tendremos que pagar ayudará a hacer un mejor testamento. El anuncio del Govern de reformar el impuesto de sucesiones ha allanado, en este sentido, el camino a las familias catalanas
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html
ANÁLISIS. ALEJANDRO EBRAT PICART
Para ti el piso, para ti el dinero...
Alejandro Ebrat Picart
Abogado y profesor de derecho fiscal
Hay que hablar de las herencias sin tabúes, sin miedo a hablar de la muerte y sin sentimiento de apropiación. Se han de explicar de una manera clara, que se entiendan, sin términos jurídicos. Los padres deben hablar con los hijos y estos con sus padres y abuelos. Las herencias se deben conocer, pues un día u otro nos enfrentaremos a ellas y mejor hacerlo con los deberes hechos. La mayoría de las herencias son conflictivas y por desgracia la culpa es del pobre fallecido, por no haberlo previsto a tiempo.
Hay que oír las inquietudes de los padres por el futuro de sus bienes y preparar un testamento a su medida. Muchas veces se tiene miedo a que el hijo dilapide el patrimonio familiar, otras a que la herencia llegue a los familiares políticos (nuera, yerno...), y en la mayoría de los casos se desea un reparto equitativo entre los hijos que no origine disputas. Un error muy común es repartir la herencia en bloque a todos los herederos por partes iguales, es decir, dejar los bienes a los hijos en partes indivisas sin concretar qué bien va para cada uno. Si el heredero tiene que repartir, habrá pelea.
El testamento más común es el peor de todos: "Nombro heredero/ a universal a mi esposo/ a y si no está, mis hijos"; primero porque hay dos transmisiones de propiedad muchas veces innecesarias, una hacia el cónyuge viudo y cuando éste fallezca otra transmisión hacia los hijos, con los costes que ello supone, y segundo porque los hijos tienen una cuarta parte del todo como legítima (en Catalunya) y el cónyuge el resto como heredero. Si el cónyuge necesita vender, no puede sin el consentimiento de los hijos y los hijos no ven ni un euro de la herencia si la madre o padre no quiere. El lío está servido.
Lo más importante es dejar la herencia repartida entre los herederos - a éste la casa, al otro el piso, a éste el dinero del banco-, y si no hay bienes suficientes, establecer mecanismos para su venta o reparto, pero nunca que sean ellos los que repartan. Al heredero hay que dárselo todo hecho y mascado, él no debe repartir la herencia. Si no es así, los problemas entre herederos acaban en pleitos interminables y estos problemas son peores que los impuestos que se tienen que pagar. Al fin y al cabo se paga el impuesto y se reparte el resto. En cambio, si hay pleito se puede estar diez años o más ante los tribunales. Sería ideal hacer el testamento consensuado con la familia, como un pacto entre todos. Es una satisfacción personal y profesional tener una familia enfrente preparando un testamento. No es fácil, pero si se consigue se garantiza el ahorro de problemas futuros.
Muchas veces se hace el testamento a escondidas, sin que se entere nadie y luego al abrirlo vienen las sorpresas, desengaños y decepciones porque a este "le ha tocado más que a mí". Incluso se están dando casos de ancianos que hacen el testamento a última hora en favor de personas de compañía y eso es falta de diálogo (y cariño).
A través del testamento, podremos designar quién y cuánto heredarán, y en qué condiciones; por ejemplo, nuestros hijos no podrán heredar hasta que alcancen una edad o acaben unos estudios, podremos designar tutores de nuestros hijos si son menores de edad, podremos establecer condiciones o establecer restricciones - que no puedan vender un bien-,evitaremos que hereden las parejas de hecho de nuestros hijos, evitaremos el usufructo del viudo (nada recomendable), nombraremos albaceas, etcétera. Incluso podremos ahorrar impuestos. En cambio, la falta de testamento podría provocar que nuestra herencia se la lleve la Generalitat.
El testamento hay que revisarlo - no cambiarlo-cada año. Las circunstancias familiares y patrimoniales cambian. Nuestro hijo puede tener problemas y estar embargado hasta las cejas o puede tener problemas matrimoniales que puedan afectar a su patrimonio; en este caso, cambiaremos el testamento a favor de los nietos, por ejemplo.
Antes del fallecimiento se debe preparar la herencia, no hacer movimientos bancarios de última hora, arreglar el problema de las parejas de hecho no reconocidas y las herencias a extraños - que pueden llegar a pagar hasta el 64% de la herencia-y para evitar impuestos podemos crear empresas familiares, hacer donaciones en vida cada tres años, revisar empadronamientos, etcétera.
Tras el óbito debemos estudiar bien la aceptación de herencia, podemos renunciar a ella si hay muchas deudas, o si el heredero es mayor, en favor de sus descendientes o incluso se puede renunciar para ahorrar impuestos. Si se trata de una herencia envenenada (es decir, sin posibilidad de vender bienes porque están hipotecados), se pueden buscar soluciones. Y al final, la negociación para acabar en la partición y adjudicación de la herencia entre los herederos, que deberá ser lo más pacífica posible.
A. EBRAT PICART, abogado y profesor de derecho fiscal.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html?page=1
LA CLAVE. JOSEP GUIU BADIA
El impuesto de sucesiones
Josep Guiu, abogado
El impuesto de sucesiones y donaciones (ISD) es un impuesto cargado de polémica. Y, como suele suceder, el mayor perjudicado es el ciudadano de a pie, el cual, aun hoy, no tiene las ideas claras sobre si se ha suprimido, reducido, bonificado o lo que sea que le haya pasado. Vayamos por partes, a ver si conseguimos aclarar algo. El ISD es un impuesto estatal aplicable a todos los españoles. Ahora bien, en el marco de la necesidad de proveer de recursos a las comunidades autónomas, la Constitución prevé la posibilidad de ceder determinados tributos. Este es el caso del ISD. Ello conlleva que determinados aspectos del ISD sean regulados por las comunidades (por ejemplo, establecer reducciones sobre las cantidades por las que debe tributarse o reducir la cuota del tributo bonificándolo). Lo que no puede hacer la comunidad es eliminar el ISD, porque no tiene la capacidad normativa para hacerlo. Es decir, cada comunidad puede dejar el ISD reducido a la expresión que considere conveniente, pero jamás suprimirlo.
Dicho de otro modo, cada comunidad, tiene, en materia de ISD, la potestad de interpretar el modo en que sus ciudadanos deben contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica y sobre la base del principio de igualdad. De ahí las diferencias entre comunidades, y de ahí que un valenciano (y, en un futuro muy próximo, un catalán) paguen menos que un asturiano.
Vayamos a nuestro caso. En Catalunya, el president Mas ha anunciado "la supresión" del impuesto para herencias entre cónyuges y/ o descendientes. Así, por la combinación de reducciones aplicables sobre el valor de los bienes objeto de herencia, y la bonificación del 99%, que se supone que aprobará el Parlament, ha hecho que en la inmensa mayoría de los casos el impuesto quedará reducido a cero.
A partir de esta situación puede darse todo el debate que se quiera sobre si se debíao no reformar hasta, prácticamente, suprimir este impuesto. En cualquier caso, resulta innegable, por un lado, que Convergència i Unió ha cumplido con su promesa electoral. Y, por otra parte, que el proceso de reforma lo inició el tripartito a finales del 2009, cuando la crisis ya era innegable, y, si mal no recuerdo, el tripartito se jactaba de que, con aquella reforma, el ISD había quedado suprimido para el 90% de los catalanes.
Así pues, a la luz de la polémica desatada, ¿el debate suscitado no ha sido más por oportunismo político que por cualquier otra razón? Me temo que sí.
J. GUIU BADIA, abogado.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.es/opinion/temas-de-debate/20110410/54138613735/herencias-sin-problemas.html?page=2
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