05/03/2009 - El lector opina - Injusta deducción
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05/03/2009 - El lector opina - Injusta deducción
El lector opina
Injusta deducción
Publicada el: 05/03/2009
JOSEP PAGÈS MARTÍ
Barcelona
El pasado 3 de marzo me publicaron la carta "Injusta deducción" en la que aconsejaba seguir empadronada en el domicilio de la vivienda de su propiedad a aquella persona que, por motivos de edad o salud, se viera obligada a trasladarse durante más de dos años a una residencia para gente mayor. Y ello, con el objetivo de que su vivienda no pierda la condición de habitual, requisito este necesario para tener derecho a deducirla en el impuesto de sucesiones. Pero resulta que el empadronarse en la residencia es un requisito prácticamente obligatorio para el sistema público de salud, asistencia médica y medicación gratuita, y para solicitar las ayudas de la ley de Dependencia. Así pues, la encerrona ya está servida. Si nos trasladamos y permanecemos más de dos años en la residencia, se perderá el derecho a la deducción. Y si nos quedamos en casa... Dios dirá. Es curioso observar que la reciente ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2009 intenta hacer justicia en este tema y regula que la vivienda no perderá la condición de habitual si el plazo de permanencia en la residencia es inferior a dos años. Pero ¿y si vivo más de dos años?
Francamente, no entiendo nada. O nuestros legisladores creen que hacer justicia para dos años ya es hacer justicia para siempre, o tienen calculado que nuestra gente mayor se muere dentro del plazo que la ley establece, o lo que realmente quieren es disfrazar el hecho de que el objetivo es no dejar de recaudar.
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Leerla en "La Vanguardia: http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20090305/53652097284.html
Injusta deducción
Publicada el: 05/03/2009
JOSEP PAGÈS MARTÍ
Barcelona
El pasado 3 de marzo me publicaron la carta "Injusta deducción" en la que aconsejaba seguir empadronada en el domicilio de la vivienda de su propiedad a aquella persona que, por motivos de edad o salud, se viera obligada a trasladarse durante más de dos años a una residencia para gente mayor. Y ello, con el objetivo de que su vivienda no pierda la condición de habitual, requisito este necesario para tener derecho a deducirla en el impuesto de sucesiones. Pero resulta que el empadronarse en la residencia es un requisito prácticamente obligatorio para el sistema público de salud, asistencia médica y medicación gratuita, y para solicitar las ayudas de la ley de Dependencia. Así pues, la encerrona ya está servida. Si nos trasladamos y permanecemos más de dos años en la residencia, se perderá el derecho a la deducción. Y si nos quedamos en casa... Dios dirá. Es curioso observar que la reciente ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2009 intenta hacer justicia en este tema y regula que la vivienda no perderá la condición de habitual si el plazo de permanencia en la residencia es inferior a dos años. Pero ¿y si vivo más de dos años?
Francamente, no entiendo nada. O nuestros legisladores creen que hacer justicia para dos años ya es hacer justicia para siempre, o tienen calculado que nuestra gente mayor se muere dentro del plazo que la ley establece, o lo que realmente quieren es disfrazar el hecho de que el objetivo es no dejar de recaudar.
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Leerla en "La Vanguardia: http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20090305/53652097284.html
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