apoyo vuestra causa y os planteo unas dudas.
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Re: apoyo vuestra causa y os planteo unas dudas.
Ante todo muchas gracias por tu apoyo y tu inscripción. Es lo que necesitamos para crecer en número y llegar cuanto antes a nuestro objetivo de convertirnos en un grupo generador de opinión y de presión sobre esta problemática del Impuesto de Sucesiones.
En cuanto a tu pregunta, como veo que nadie se ha animado a responder, aunque no soy profesional de estos temas y por lo tanto mi opinión no tiene ningún valor de consejo legal, creo que puedo decirte con bastante fundamento que, sin duda, tu obligación es tramitar la herencia en Aragón ya que corresponde hacerlo en el domicilio de la finada en el cual, además de estar empadronada, generalmente se requiere (aunque desconozco el caso específico de Aragón) que haya residido al menos durante seis meses al año.
No te puedo orientar sobre lo que te cobrarán, el tanto por ciento exacto lo podrás calcular con los datos accesibles en los enlaces que te pongo más abajo o preguntar a un Notario. De todos modos, es sabido que la Ley en Aragón establece reducciones muy importantes en la transmision de empresas y explotaciones agrarias de índole familiar y que, asimismo, la Ley de Medidas Tributarias de 2007 (con efectos para 2008) ampliaba la reducción de la base tributaria hasta unos 150.000 euros, además de que entonces se dijo que se pensaba reducir la tarifa con el objetivo de llegar a una reducción del 99% en el año 2.011. Ya existe en la actualidad una deducción del 100% para cónyuges y descendientes directos, aunque bajo ciertas condiciones que en realidad hacen que, al final, el límite de reducción sea de 150.000 euros. No obtante, al no ser descendiente directo, en tu caso debes revisar la información de la Diputación General de Aragón cuyos enlaces te adjunto más abajo.
Respecto a tu pregunta de si hay perspectivas de que durante este año se reduzca este impuesto, si te refieres a Cataluña te diré que ninguna. Esto se debía haber legislado el pasado año con efectos para el actual. Nuestro objetivo es intensificar los esfuerzos durante este año para lograrlo de cara al 2.010 pero, para lograrlo es preciso un amplio respaldo popular y, francamente, no parece que en la situación actual este tema sea el que más preocupa a los catalanes cuando constatamos que después de tres meses de campaña con aparición en televisión incluída, el número de inscritos en este Foro no llega siquiera al millar. Por otra parte, nuestros políticos ya se encargan de remachar a la menor ocasión que no lo van a tocar o que, en todo caso, harán pequeños ajustes (ver intervenciones de la Directora General de Tributos Sra. Caba en TV3 el pasado 17 de diciembre y del Conseller Sr. Castells en el programa "Problemes Domèstics" de Catalunya Ràdio el pasado 29 de enero, al que, dicho sea de paso, pienso responder).
Respecto a Aragón, ya te he comentado el propósito declarado de la DGA de llegar progresivamente al 99% de reducción en el 2.011. Naturalmente, ahora hace falta que lo cumplan.
Puede ayudarte el consultar en la pàgina web de la DGA los siguientes enlaces:
Aplicación del Impuesto de Sucesiones donde se encuetran definidas todas las reducciones, etc. y la tarifa del impuesto, además de los modelos de impresos a utilizar. La tarifa es muy similar a la catalana, por lo que entiendo que habrá que examinar cuidadosamente todas las posibles reducciones de la base tributaria.
Instrucciones sobre la comprobación de valores de inmuebles para calcular el valor de los posibles inmuebles heredados utilizando los Valores de referencia de inmuebles para el año 2.009 de los bienes inmuebles ubicados en Aragón y la Valoración de bienes inmuebles ubicados en Cataluña que hay que usar, en su caso, que por lo que dices te afecta, aunque se tribute en Aragón.
Siguiendo con rigor todo esta información te harás una idea exacta de lo que te toca pagar.
Te supongo informado de que debes tramitar la herencia en el Notario correspondiente al domicilio de la finada, al que puedes acudir para hacer una consulta previa sobre la cuestión en caso de que tengas más dudas, por la que, en principio, no acostumbran a cobrar nada.
Espero haber ayudado.
En cuanto a tu pregunta, como veo que nadie se ha animado a responder, aunque no soy profesional de estos temas y por lo tanto mi opinión no tiene ningún valor de consejo legal, creo que puedo decirte con bastante fundamento que, sin duda, tu obligación es tramitar la herencia en Aragón ya que corresponde hacerlo en el domicilio de la finada en el cual, además de estar empadronada, generalmente se requiere (aunque desconozco el caso específico de Aragón) que haya residido al menos durante seis meses al año.
No te puedo orientar sobre lo que te cobrarán, el tanto por ciento exacto lo podrás calcular con los datos accesibles en los enlaces que te pongo más abajo o preguntar a un Notario. De todos modos, es sabido que la Ley en Aragón establece reducciones muy importantes en la transmision de empresas y explotaciones agrarias de índole familiar y que, asimismo, la Ley de Medidas Tributarias de 2007 (con efectos para 2008) ampliaba la reducción de la base tributaria hasta unos 150.000 euros, además de que entonces se dijo que se pensaba reducir la tarifa con el objetivo de llegar a una reducción del 99% en el año 2.011. Ya existe en la actualidad una deducción del 100% para cónyuges y descendientes directos, aunque bajo ciertas condiciones que en realidad hacen que, al final, el límite de reducción sea de 150.000 euros. No obtante, al no ser descendiente directo, en tu caso debes revisar la información de la Diputación General de Aragón cuyos enlaces te adjunto más abajo.
Respecto a tu pregunta de si hay perspectivas de que durante este año se reduzca este impuesto, si te refieres a Cataluña te diré que ninguna. Esto se debía haber legislado el pasado año con efectos para el actual. Nuestro objetivo es intensificar los esfuerzos durante este año para lograrlo de cara al 2.010 pero, para lograrlo es preciso un amplio respaldo popular y, francamente, no parece que en la situación actual este tema sea el que más preocupa a los catalanes cuando constatamos que después de tres meses de campaña con aparición en televisión incluída, el número de inscritos en este Foro no llega siquiera al millar. Por otra parte, nuestros políticos ya se encargan de remachar a la menor ocasión que no lo van a tocar o que, en todo caso, harán pequeños ajustes (ver intervenciones de la Directora General de Tributos Sra. Caba en TV3 el pasado 17 de diciembre y del Conseller Sr. Castells en el programa "Problemes Domèstics" de Catalunya Ràdio el pasado 29 de enero, al que, dicho sea de paso, pienso responder).
Respecto a Aragón, ya te he comentado el propósito declarado de la DGA de llegar progresivamente al 99% de reducción en el 2.011. Naturalmente, ahora hace falta que lo cumplan.
Puede ayudarte el consultar en la pàgina web de la DGA los siguientes enlaces:
Aplicación del Impuesto de Sucesiones donde se encuetran definidas todas las reducciones, etc. y la tarifa del impuesto, además de los modelos de impresos a utilizar. La tarifa es muy similar a la catalana, por lo que entiendo que habrá que examinar cuidadosamente todas las posibles reducciones de la base tributaria.
Instrucciones sobre la comprobación de valores de inmuebles para calcular el valor de los posibles inmuebles heredados utilizando los Valores de referencia de inmuebles para el año 2.009 de los bienes inmuebles ubicados en Aragón y la Valoración de bienes inmuebles ubicados en Cataluña que hay que usar, en su caso, que por lo que dices te afecta, aunque se tribute en Aragón.
Siguiendo con rigor todo esta información te harás una idea exacta de lo que te toca pagar.
Te supongo informado de que debes tramitar la herencia en el Notario correspondiente al domicilio de la finada, al que puedes acudir para hacer una consulta previa sobre la cuestión en caso de que tengas más dudas, por la que, en principio, no acostumbran a cobrar nada.
Espero haber ayudado.
apoyo vuestra causa y os planteo unas dudas.
Cuando un amigo me mando el link de vuestra web no me pude resistir a darme de alta en ella para mostrar mi apoyo a la causa. Desde que hace unos años murió mipadre he vivido indignado por lo que pague de este impuesto, de ver como despues de todo el trabajo que hacen los padres para dejar algo a sus hijos, cuandollega el momento hacienda se te queda una buena parte de su trabajo. y te preguntas ¿porque?, pues no tengo respuesta, simplemente se cobran un impuesto abusivo sacado de la manga.
Yo soy aragones, resido en la provincia de Huesca pero bajo a menudo a barcelona por varias cuestiones. Mi tia ha fallecido recientemente y me deja en herencia un piso y un local en barcelona, mis dudas son las siguientes:
Mi tia residia medio año en barcelona y medio año en huesca estando empadronada en huesca. ¿ donde pagare el impuesto, en cataluña o en aragon?
¿ que tanto porciento me cobraran?
¿hay perspectivas de que durante este año reduzcan ese impuesto?, en Aragon acaban de anunciar mas ventajas.
Os agradecere las respuestas y si teneis algun consejo será vienvenido.
P.D: no me importa que contesteis en catalan, se leerlo y lo entiendo perfectamente pero no lo escribo. gracias.
Yo soy aragones, resido en la provincia de Huesca pero bajo a menudo a barcelona por varias cuestiones. Mi tia ha fallecido recientemente y me deja en herencia un piso y un local en barcelona, mis dudas son las siguientes:
Mi tia residia medio año en barcelona y medio año en huesca estando empadronada en huesca. ¿ donde pagare el impuesto, en cataluña o en aragon?
¿ que tanto porciento me cobraran?
¿hay perspectivas de que durante este año reduzcan ese impuesto?, en Aragon acaban de anunciar mas ventajas.
Os agradecere las respuestas y si teneis algun consejo será vienvenido.
P.D: no me importa que contesteis en catalan, se leerlo y lo entiendo perfectamente pero no lo escribo. gracias.
mansopena- Nombre de missatges : 1
Fecha de inscripción : 23/01/2009
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