Dudas sobre la aplicación del impuesto reformado
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Re: Dudas sobre la aplicación del impuesto reformado
Tienes seis meses para liquidar el impuesto, pero éste se calcula según el valor de los bienes heredados en la fecha del fallecimiento de la causante y según las normas vigentes en esa fecha.
Por lo tanto, (y si me equivoco alguien me rectificará seguro), salvo que la prometida reforma tenga una disposición adicional con efecto de retroactividad, lo cual es más improbable que la reforma en sí sea algo decente, los herederos de los fallecidos antes de su entrada en vigor tendrán que continuar apechugando con lo que hay ahora.
Gracias a tí por unirte a esta causa. Y me permito pedirte que, según tus posibilidades, nos ayudes a difundir la problemática de este impuesto, porque aunque se haya anunciado una reforma, nos queda mucha labor por hacer.
Por lo tanto, (y si me equivoco alguien me rectificará seguro), salvo que la prometida reforma tenga una disposición adicional con efecto de retroactividad, lo cual es más improbable que la reforma en sí sea algo decente, los herederos de los fallecidos antes de su entrada en vigor tendrán que continuar apechugando con lo que hay ahora.
Gracias a tí por unirte a esta causa. Y me permito pedirte que, según tus posibilidades, nos ayudes a difundir la problemática de este impuesto, porque aunque se haya anunciado una reforma, nos queda mucha labor por hacer.
nestictip- Nombre de missatges : 85
Fecha de inscripción : 06/09/2009
Dudas sobre la aplicación del impuesto reformado
Hola a todos,
Me gustaría plantearles una duda. En el mes de octubre falleció una tía mía que me dejó algo en herencia. Como tengo seis meses para liquidar el impuesto, me pregunto si en el caso de que el nuevo impuesto entre en vigor ya desde el 1 de enero yo podría beneficiarme de las rebajas que me afecten o sólo debo tener en cuenta el tipo de impuesto que estaba en vigor en la fecha del fallecimiento de mi tía.
Gracias de antemano y felicidades por este foro que tanto está haciendo por corregir este expolio que nuestros políticos, con su proverbial cinismo se empeñan en llamar redistribución de riqueza.
Me gustaría plantearles una duda. En el mes de octubre falleció una tía mía que me dejó algo en herencia. Como tengo seis meses para liquidar el impuesto, me pregunto si en el caso de que el nuevo impuesto entre en vigor ya desde el 1 de enero yo podría beneficiarme de las rebajas que me afecten o sólo debo tener en cuenta el tipo de impuesto que estaba en vigor en la fecha del fallecimiento de mi tía.
Gracias de antemano y felicidades por este foro que tanto está haciendo por corregir este expolio que nuestros políticos, con su proverbial cinismo se empeñan en llamar redistribución de riqueza.
Mikus- Nombre de missatges : 1
Fecha de inscripción : 20/11/2009
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