Parejas de hecho en Catalunya
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Parejas de hecho en Catalunya
Tras la inminente optimización tributaria del proceso sucesor, no hay que olvidar la buena gestión civil del mismo mediante la elaboración de un inteligente testamento con las miradas situadas a largo plazo, tal como en otros mensajes he ido mencionando.
A continuación incluyo un reciente artículo doctrinal publicado en la página web de notariosyregistradores, relativo a la regulación de las uniones estables de pareja en Catalunya, donde el autor deja entrever que si bien en la mayoría de casos igualar las parejas de hecho a los cónyuges en cuanto a sus derechos sucesorios puede ser acertado; en otros casos pueden generarse situaciones de inseguridad jurídica e injusticia patrimonial, con motivo de que en Catalunya dicho miembro de la pareja pasa por delante de los ascendientes ante una sucesión intestada, lo cual puede llevarse por delante años de ahorro familiar y/o empresarial. Vale la pena reflexionar sobre esa cuestión y consultar con nuestro notario la mejor manera de planificar equitativamente cada caso y sus circunstancias, especialmente cuando no exista descendencia por parte de nuestros hijos.
Artículo de 6/Abril/2011:
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ARTICULOS/2011-parejadehecho-declaraciondeherederos-cataluña.htm
Artículos y resúmenes anteriores:
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ARTICULOS/2009-%20catalu%C3%B1a-parejasdehecho.htm
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/resumenes/catalu%C3%B1a-libroIV-sucesiones.htm
A continuación incluyo un reciente artículo doctrinal publicado en la página web de notariosyregistradores, relativo a la regulación de las uniones estables de pareja en Catalunya, donde el autor deja entrever que si bien en la mayoría de casos igualar las parejas de hecho a los cónyuges en cuanto a sus derechos sucesorios puede ser acertado; en otros casos pueden generarse situaciones de inseguridad jurídica e injusticia patrimonial, con motivo de que en Catalunya dicho miembro de la pareja pasa por delante de los ascendientes ante una sucesión intestada, lo cual puede llevarse por delante años de ahorro familiar y/o empresarial. Vale la pena reflexionar sobre esa cuestión y consultar con nuestro notario la mejor manera de planificar equitativamente cada caso y sus circunstancias, especialmente cuando no exista descendencia por parte de nuestros hijos.
Artículo de 6/Abril/2011:
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ARTICULOS/2011-parejadehecho-declaraciondeherederos-cataluña.htm
Artículos y resúmenes anteriores:
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/ARTICULOS/2009-%20catalu%C3%B1a-parejasdehecho.htm
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/resumenes/catalu%C3%B1a-libroIV-sucesiones.htm
irina- Nombre de missatges : 262
Fecha de inscripción : 07/11/2009
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