13/11/2010 - EL ECONOMISTA.ES - Gestión empresarial - Madrid, Valencia y La Rioja, entre las más atractivas para emprender
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13/11/2010 - EL ECONOMISTA.ES - Gestión empresarial - Madrid, Valencia y La Rioja, entre las más atractivas para emprender
EL ECONOMISTA.ES
Gestión empresarial
Madrid, Valencia y La Rioja, entre las más atractivas para emprender
Publicado 13/11/2010
Verónica Rodríguez
Rebajan su IRPF, junto a Murcia, y figuran entre las que prácticamente eliminan Sucesiones. Hay deducciones por emprender en Asturias, Andalucía, Baleares, Castilla y León y Galicia.
Las medidas que anuncia el Gobierno para favorecer la creación y crecimiento de tejido empresarial tienen gran eco, pero no hay que olvidar la capacidad normativa que tienen las comunidades autónomas. Es evidente que no es lo mismo abrir una empresa en un territorio que en otro. Por ejemplo, y hasta el momento, hay comunidades autónomas que han dado pasos de gigante, como Madrid, Valencia y La Rioja que no sólo han rebajado en un punto el tramo autonómico del IRPF (que rige para profesionales liberales y autónomos, por ejemplo) sino que también han suprimido casi en su totalidad el impuesto de Sucesiones, junto con otras como Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha y Castilla y León. Madrid también ha mejorado la reducción de impuestos por transmisión mortis causa de empresas familiares e incorpora, junto con Cataluña deducciones para invertir en pymes del MAB. En resumen, hay un mapa regional diferente al que todos conocemos. El mapa de las deducciones e incentivos para emprender. F&G Martín Abogados nos ofrecen las claves del mismo:
Andalucía:
Esta comunidad autónoma incorpora dos tipos de deducción fiscal que favorecen a los emprendedores. De 150 euros para el fomento del autoempleo en los jóvenes, con estos requisitos: no haber cumplido 35 años y haber causado alta en el censo de empresarios o profesionales, así como mantener durante un año el alta de la actividad. Y de 300 euros para mujeres emprendedoras, que es incompatible con la primera.
Asturias:
Tambien aquí se han introducido dos deducciones fiscales. Para emprendedores menores de 30 años, de 170 euros, que se establezcan por cuenta propia. Y de 68 euros, para trabajadores por cuenta propia, cuya base imponible no exceda de 24.761 euros.
Baleares:
En el archipiélago rige una deducción para el fomento del autoempleo de 250 euros por contribuyente hombre menor de 36 años y de 300 euros, en el caso de mujeres, con independencia de la edad. Además, esta comunidad autónoma ha suprimido prácticamente el Impuesto de Sucesiones para los grupos I y II (es decir, descendientes y adoptados menores de 21 años; cónyuges, descendientes, ascendientes y adoptados mayores de 21 años).
Canarias:
El Impuesto de Sucesiones está prácticamente extinto, con una reducción de hasta el 99 por ciento del valor de una empresa individual o negocio profesional, así como de las participaciones en entidades o de derechos de usufructo. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), aplicable a las escrituras es de un 0,75 por ciento, algo más reducido del habitual 1%.
Cantabria:
En el caso de esta región, y como novedad en 2010, se reduce al 95 por ciento la reducción en donaciones de metálico, hasta los primeros 60.000 euros, a descendientes y adoptados para la puesta en marcha de una actividad económica o para la compra de una ya existente, así como de participaciones
Castilla-La Mancha:
Prácticamente ha suprimido el Impuesto de Sucesiones para los grupos I y II y las donaciones entre familiares cercanos tienen un gravamen mínimo.
Castilla y León:
Como en el caso anterior, beneficios fiscales máximos en Sucesiones y Donaciones. Además de esto, deducción de 510 euros para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 36 años y de mujeres, cualquiera que sea su edad.
Como novedad este año, se aplica una deducción del 5 por ciento para inversiones en instalaciones de recursos energéticos renovables y ahorro de agua. La base de esta medida no puede superar los 10.000 euros.
Cataluña:
Existen dos interesantes deducciones novedosas a partir de este año. En primer lugar, del 20 por ciento, con un límite máximo de 4.000 euros, de las cantidades invertidas pro un business angel en la adquisición de acciones o participaciones en sociedades mercantiles con una serie de requisitos como contar con una persona ocupada mínimo y tener el domicilio social en Cataluña. Otro 20 por ciento para las cantidades invertidas en la compra de acciones de pymes que cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). El importe máximo de esta deducción es de 10.000 euros y las acciones deben mantenerse un mínimo de dos años.
Extremadura:
Aplica una reducción del 100 por cien del valor de una empresa individual o negocio profesional (esto es, negocios de autónomos) para adquisiciones tanto mortis causa como inter vivos (sucesiones y donaciones), con una serie de requisitos: la adquisición debe corresponder al cónyuge o descendientes y, a falta de éstos, a los ascendientes y colaterales por consanguinidad, hasta el tercer grado. No se aplica esta reducción cuando la empresa o negocio tiene por objeto la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
Galicia:
Los hombres menores de 35 años y las mujeres de cualquier edad que se den de alta en el censo de empresarios y profesionales dispondrán de una deducción de 300 euros. Éstos también se pueden desgravar el 30 por ciento de las cantidades satisfechas por el alta y las cuotas mensuales de acceso a Internet, con el límite de 100 euros.
Madrid:
Aplica un 99 por ciento de reducción, prácticamente los elimina, sobre Sucesiones y Donaciones dentro del ámbito familiar (padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho). Además, en el caso de adquisición mortis causa de empresas de autónomos, se aplica una reducciónd el 95 por ciento. A este segmento de empresarios autónomos también les favorece la reducción de un punto entre los cuatro tramos del IRPF, en su parte autonómica.
Como novedad este año, se introduce una deducción del 20 por ciento, con un límite de 4.000 euros anuales, de las cantidades invertidas en adquisición de acciones o participaciones en sociedades. La condición es que el inversor aporte sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la sociedad en la que invierten. Otro 20 por ciento de deducción se destina a los inversores en empresas madrileñas que coticen en el MAB.
Murcia:
Eliminan prácticamente Sucesiones y Donaciones (reducción del 99 por ciento) para adquisiciones en general, así como empresas de carácter individual. Además, sólo se aplica un 0,1 por ciento para las primeras copias de escrituras públicas que documenten préstamos y créditos hipotecarios afectos a una empresa individual o negocio profesional. Este impuesto, el AJD, suele estar en el 1 y el 1,5 por ciento.
Navarra:
Están exentas de Sucesiones las empresas familiares y de Donaciones las adquisiciones de empresas individuales.
La Rioja:
Es una de las comunidades que rebaja un 1 por ciento en su conjunto el tramo autonómico del IRPF. Eliminan casi en su totalidad (99 por ciento) Sucesiones y Donaciones para adquisiciones así como para empresas individuales y explotaciones agrarias.
Valencia:
Baja un 0,25 por ciento el IRPF en los cuatro tramos, parte autonómica y entra en el grupo de autonomías que prácticamente ha eliminado Sucesiones y Donaciones para adquisiciones de empresas.
País Vasco:
En País Vasco rige un 10 por ciento de deducción para los depósitos en entidades de crédito de dinero que se destine a iniciar una actividad económica. También se contempla una reducción del 95 por ciento para adquisiciones de empresas individuales mortis causa
Leer aquí: http://www.eleconomista.es/gestion-empresarial/noticias/2595923/11/10/Madrid-Valencia-y-La-Rioja-entre-las-mas-atractivas-para-emprender.html
Gestión empresarial
Madrid, Valencia y La Rioja, entre las más atractivas para emprender
Publicado 13/11/2010
Verónica Rodríguez
Rebajan su IRPF, junto a Murcia, y figuran entre las que prácticamente eliminan Sucesiones. Hay deducciones por emprender en Asturias, Andalucía, Baleares, Castilla y León y Galicia.
Las medidas que anuncia el Gobierno para favorecer la creación y crecimiento de tejido empresarial tienen gran eco, pero no hay que olvidar la capacidad normativa que tienen las comunidades autónomas. Es evidente que no es lo mismo abrir una empresa en un territorio que en otro. Por ejemplo, y hasta el momento, hay comunidades autónomas que han dado pasos de gigante, como Madrid, Valencia y La Rioja que no sólo han rebajado en un punto el tramo autonómico del IRPF (que rige para profesionales liberales y autónomos, por ejemplo) sino que también han suprimido casi en su totalidad el impuesto de Sucesiones, junto con otras como Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha y Castilla y León. Madrid también ha mejorado la reducción de impuestos por transmisión mortis causa de empresas familiares e incorpora, junto con Cataluña deducciones para invertir en pymes del MAB. En resumen, hay un mapa regional diferente al que todos conocemos. El mapa de las deducciones e incentivos para emprender. F&G Martín Abogados nos ofrecen las claves del mismo:
Andalucía:
Esta comunidad autónoma incorpora dos tipos de deducción fiscal que favorecen a los emprendedores. De 150 euros para el fomento del autoempleo en los jóvenes, con estos requisitos: no haber cumplido 35 años y haber causado alta en el censo de empresarios o profesionales, así como mantener durante un año el alta de la actividad. Y de 300 euros para mujeres emprendedoras, que es incompatible con la primera.
Asturias:
Tambien aquí se han introducido dos deducciones fiscales. Para emprendedores menores de 30 años, de 170 euros, que se establezcan por cuenta propia. Y de 68 euros, para trabajadores por cuenta propia, cuya base imponible no exceda de 24.761 euros.
Baleares:
En el archipiélago rige una deducción para el fomento del autoempleo de 250 euros por contribuyente hombre menor de 36 años y de 300 euros, en el caso de mujeres, con independencia de la edad. Además, esta comunidad autónoma ha suprimido prácticamente el Impuesto de Sucesiones para los grupos I y II (es decir, descendientes y adoptados menores de 21 años; cónyuges, descendientes, ascendientes y adoptados mayores de 21 años).
Canarias:
El Impuesto de Sucesiones está prácticamente extinto, con una reducción de hasta el 99 por ciento del valor de una empresa individual o negocio profesional, así como de las participaciones en entidades o de derechos de usufructo. El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), aplicable a las escrituras es de un 0,75 por ciento, algo más reducido del habitual 1%.
Cantabria:
En el caso de esta región, y como novedad en 2010, se reduce al 95 por ciento la reducción en donaciones de metálico, hasta los primeros 60.000 euros, a descendientes y adoptados para la puesta en marcha de una actividad económica o para la compra de una ya existente, así como de participaciones
Castilla-La Mancha:
Prácticamente ha suprimido el Impuesto de Sucesiones para los grupos I y II y las donaciones entre familiares cercanos tienen un gravamen mínimo.
Castilla y León:
Como en el caso anterior, beneficios fiscales máximos en Sucesiones y Donaciones. Además de esto, deducción de 510 euros para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 36 años y de mujeres, cualquiera que sea su edad.
Como novedad este año, se aplica una deducción del 5 por ciento para inversiones en instalaciones de recursos energéticos renovables y ahorro de agua. La base de esta medida no puede superar los 10.000 euros.
Cataluña:
Existen dos interesantes deducciones novedosas a partir de este año. En primer lugar, del 20 por ciento, con un límite máximo de 4.000 euros, de las cantidades invertidas pro un business angel en la adquisición de acciones o participaciones en sociedades mercantiles con una serie de requisitos como contar con una persona ocupada mínimo y tener el domicilio social en Cataluña. Otro 20 por ciento para las cantidades invertidas en la compra de acciones de pymes que cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). El importe máximo de esta deducción es de 10.000 euros y las acciones deben mantenerse un mínimo de dos años.
Extremadura:
Aplica una reducción del 100 por cien del valor de una empresa individual o negocio profesional (esto es, negocios de autónomos) para adquisiciones tanto mortis causa como inter vivos (sucesiones y donaciones), con una serie de requisitos: la adquisición debe corresponder al cónyuge o descendientes y, a falta de éstos, a los ascendientes y colaterales por consanguinidad, hasta el tercer grado. No se aplica esta reducción cuando la empresa o negocio tiene por objeto la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
Galicia:
Los hombres menores de 35 años y las mujeres de cualquier edad que se den de alta en el censo de empresarios y profesionales dispondrán de una deducción de 300 euros. Éstos también se pueden desgravar el 30 por ciento de las cantidades satisfechas por el alta y las cuotas mensuales de acceso a Internet, con el límite de 100 euros.
Madrid:
Aplica un 99 por ciento de reducción, prácticamente los elimina, sobre Sucesiones y Donaciones dentro del ámbito familiar (padres, hijos, cónyuges y parejas de hecho). Además, en el caso de adquisición mortis causa de empresas de autónomos, se aplica una reducciónd el 95 por ciento. A este segmento de empresarios autónomos también les favorece la reducción de un punto entre los cuatro tramos del IRPF, en su parte autonómica.
Como novedad este año, se introduce una deducción del 20 por ciento, con un límite de 4.000 euros anuales, de las cantidades invertidas en adquisición de acciones o participaciones en sociedades. La condición es que el inversor aporte sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la sociedad en la que invierten. Otro 20 por ciento de deducción se destina a los inversores en empresas madrileñas que coticen en el MAB.
Murcia:
Eliminan prácticamente Sucesiones y Donaciones (reducción del 99 por ciento) para adquisiciones en general, así como empresas de carácter individual. Además, sólo se aplica un 0,1 por ciento para las primeras copias de escrituras públicas que documenten préstamos y créditos hipotecarios afectos a una empresa individual o negocio profesional. Este impuesto, el AJD, suele estar en el 1 y el 1,5 por ciento.
Navarra:
Están exentas de Sucesiones las empresas familiares y de Donaciones las adquisiciones de empresas individuales.
La Rioja:
Es una de las comunidades que rebaja un 1 por ciento en su conjunto el tramo autonómico del IRPF. Eliminan casi en su totalidad (99 por ciento) Sucesiones y Donaciones para adquisiciones así como para empresas individuales y explotaciones agrarias.
Valencia:
Baja un 0,25 por ciento el IRPF en los cuatro tramos, parte autonómica y entra en el grupo de autonomías que prácticamente ha eliminado Sucesiones y Donaciones para adquisiciones de empresas.
País Vasco:
En País Vasco rige un 10 por ciento de deducción para los depósitos en entidades de crédito de dinero que se destine a iniciar una actividad económica. También se contempla una reducción del 95 por ciento para adquisiciones de empresas individuales mortis causa
Leer aquí: http://www.eleconomista.es/gestion-empresarial/noticias/2595923/11/10/Madrid-Valencia-y-La-Rioja-entre-las-mas-atractivas-para-emprender.html
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