Coeficient corrector
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Re: Coeficient corrector
Estoy de acuerdo con lo que indica Jordi. Muchas leyes tributarias fueron redactadas cuando los valores catastrales eran irrisorios, pero el actual problema está en el gradual catastrazo acumulado que se está llevando a cabo desde hace tiempo que altera las reglas de juego sobre los presuntos precios de mercado a efectos fiscales, tanto en sucesiones como en transmisiones patrimoniales, IBI, plusvalía, IRPF, etc.
La administración se ha inventado las sucesivas circulares sobre los coeficientes correctores, para meter el miedo en el cuerpo con su catalogación sobre lo que considera expedientes de COMPROBACIÓN PRIORITARIA O NO, eso si, diciendo que el valor de mercado real, que ellos definen como "el precio que estaría dispuesto a pagar un comprador independiente en CONDICIONES NORMALES DE MERCADO" (no en las actuales condiciones anormales por los efectos de la crisis económica), puede ser probado por el contribuyente por cualquier medio de prueba admitido en derecho. Palabras muy bonitas, pero quien no tenga un buen abogado que se prepare si ha de enfrentarse a Hacienda. Ellos cuentan con la estadística a su favor que indica que los contribuyentes nos limitamos a pagar y callar, no sea que aún nos caiga una mayor carga tributaria por protestar.
Insisto en lo que he ido mencionando en otros post: con el tema de las bases imponibles/liquidables (donde juegan las valoraciones patrimoniales, reducciones objetivas y subjetivas, etc) poco más vamos a avanzar. La única manera de solucionar el problema es con la famosa BONIFICACIÓN DEL 99% EN LA CUOTA TRIBUTARIA A PAGAR O REDUCIR SUSTANCIALMENTE LOS TIPOS IMPOSITIVOS.
Todo ello con el matiz de que las autoridades de las otras comunidades autonómicas han encontrado un filón de oro al inspeccionar las generosas bonificaciones y reducciones, tanto en sucesiones como en donaciones, pues como a la que te descuidas dejas de cumplir un montón de requisitos, el garrotazo puede ser de película. A modo de ejemplo vale la pena analizar el siguiente artículo publicado ayer donde se indica que el 60% de la deuda aflorada por la inspección tributaria de la Comunidad de Madrid corresponde al ISD, con una deuda media por contribuyente de 23.000 euros.
http://www.inspectoresdehacienda.org/images/stories/pdf/noticiasdelsector/marzo2010/170310_elmundo_sector.pdf
La intención de esta reflexión no es que nos desanimemos, sino que a la clase política le llegue el mensaje de que dejen de marearnos y tenga el valor de reducir sustancialmente las tarifas impositivas (como mínimo en el injusto ISD, si bien se podría hablar gradualmente de otros impuestos como IRPF o Sociedades), lo que disminuiría el fraude. Al haber más gente que paga, los ingresos totales absolutos aumentan, como han demostrado diferentes expertos mundiales.
La administración se ha inventado las sucesivas circulares sobre los coeficientes correctores, para meter el miedo en el cuerpo con su catalogación sobre lo que considera expedientes de COMPROBACIÓN PRIORITARIA O NO, eso si, diciendo que el valor de mercado real, que ellos definen como "el precio que estaría dispuesto a pagar un comprador independiente en CONDICIONES NORMALES DE MERCADO" (no en las actuales condiciones anormales por los efectos de la crisis económica), puede ser probado por el contribuyente por cualquier medio de prueba admitido en derecho. Palabras muy bonitas, pero quien no tenga un buen abogado que se prepare si ha de enfrentarse a Hacienda. Ellos cuentan con la estadística a su favor que indica que los contribuyentes nos limitamos a pagar y callar, no sea que aún nos caiga una mayor carga tributaria por protestar.
Insisto en lo que he ido mencionando en otros post: con el tema de las bases imponibles/liquidables (donde juegan las valoraciones patrimoniales, reducciones objetivas y subjetivas, etc) poco más vamos a avanzar. La única manera de solucionar el problema es con la famosa BONIFICACIÓN DEL 99% EN LA CUOTA TRIBUTARIA A PAGAR O REDUCIR SUSTANCIALMENTE LOS TIPOS IMPOSITIVOS.
Todo ello con el matiz de que las autoridades de las otras comunidades autonómicas han encontrado un filón de oro al inspeccionar las generosas bonificaciones y reducciones, tanto en sucesiones como en donaciones, pues como a la que te descuidas dejas de cumplir un montón de requisitos, el garrotazo puede ser de película. A modo de ejemplo vale la pena analizar el siguiente artículo publicado ayer donde se indica que el 60% de la deuda aflorada por la inspección tributaria de la Comunidad de Madrid corresponde al ISD, con una deuda media por contribuyente de 23.000 euros.
http://www.inspectoresdehacienda.org/images/stories/pdf/noticiasdelsector/marzo2010/170310_elmundo_sector.pdf
La intención de esta reflexión no es que nos desanimemos, sino que a la clase política le llegue el mensaje de que dejen de marearnos y tenga el valor de reducir sustancialmente las tarifas impositivas (como mínimo en el injusto ISD, si bien se podría hablar gradualmente de otros impuestos como IRPF o Sociedades), lo que disminuiría el fraude. Al haber más gente que paga, los ingresos totales absolutos aumentan, como han demostrado diferentes expertos mundiales.
irina- Nombre de missatges : 262
Fecha de inscripción : 07/11/2009
Re: Coeficient corrector
Creo que impugnable como tal sería el valor catastral, pero los coeficientes no es que sean "obligatorios", son mas bien "recomendados", si el valor real es inferior, pues hay que declarar este último, ahora, yo daría por segura una inspección, mas si no acreditas ese valor real mediante una tasación pericial que creo que no sale precisamente barata, para profundizar un poco en esto de las tasaciones, y tener una idea de su coste, recomiendo leer los posts de este viejo tema
jordibonet- Nombre de missatges : 757
Fecha de inscripción : 25/02/2009
Coeficiente corrector. ¿Son impugnables?
En mi municipio Altafulla, el coeficiente corrector hace que 4 ó 5 zonas alcancen o sobrepasen el precio de mercado, para otras 25 zonas es extraordinariamente favorable, no llegan ni al 25% del precio de mercado. Ya os podéis imaginar como hicieron la valoración. Veo que la relación no tiene otra motivación que la fecha de la última revisión catastral, vamos, estilo Castells. ¿No es facilmente impugnable?
joan64- Nombre de missatges : 51
Fecha de inscripción : 19/11/2009
Re: Coeficient corrector
jordibonet escrigué:Els coeficients no van lligats a la llei per tant jo no esperaría modificacions substancials. De fet el que diu la llei es que s'ha de declarar el valor real que vindría a ser el valor de mercat, el problema es quan el valor real es inferior al que resulta d'aplicar el coeficient sobre el valor cadastral, o et veus obligat a malvendre per questió de força major.
moltes gràcies J ordi
mshemails- Nombre de missatges : 30
Fecha de inscripción : 22/12/2009
Re: Coeficient corrector
Els coeficients no van lligats a la llei per tant jo no esperaría modificacions substancials. De fet el que diu la llei es que s'ha de declarar el valor real que vindría a ser el valor de mercat, el problema es quan el valor real es inferior al que resulta d'aplicar el coeficient sobre el valor cadastral, o et veus obligat a malvendre per questió de força major.
jordibonet- Nombre de missatges : 757
Fecha de inscripción : 25/02/2009
Coeficient corrector
Bon dia
Sabeu si amb el cambi de la llei de succesions hi ha inclós alguna variació dels coeficients correctors del valor catastral?
Gràcies
Sabeu si amb el cambi de la llei de succesions hi ha inclós alguna variació dels coeficients correctors del valor catastral?
Gràcies
mshemails- Nombre de missatges : 30
Fecha de inscripción : 22/12/2009
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