04/12/2009 - Opinión - Impuestos e igualdad de oportunidades
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04/12/2009 - Opinión - Impuestos e igualdad de oportunidades
EL PERIÓDICO.COM
Opinión
Impuestos e igualdad de oportunidades
Publicado 4/12/2009 Edición Impresa
JOAN CARLES Gallego / JOSEP MARIA Álvarez
Si se suprimiera la fiscalidad sobre las sucesiones, el mayor beneficio sería para los ricos
De los impuestos existentes, el de sucesiones tiene un fuerte carácter progresivo y redistribuidor de la riqueza. Es un impuesto individual previsto para favorecer la igualdad de oportunidades. Es un impuesto que se paga en la gran mayoría de los países europeos e incluso los propietarios de las grandes fortunas de Estados Unidos, entre ellos Bill Gates y Rockefeller, reclamaron que se siguiera pagando cuando se planteó su supresión. Hacían una diferenciación entre el patrimonio obtenido con el propio esfuerzo y el heredado.
En Catalunya pagamos menos impuestos que en Europa, y en consecuencia tenemos un gasto público en protección social (enseñanza, sanidad, servicios sociales) muy por debajo de la media europea. Para homologarnos con Europa y tener unos servicios públicos equiparables a los de los países europeos, tenemos que pagar también unos impuestos similares. La diferencia la tenemos ante todo en la menor tributación de las rentas altas del trabajo y las rentas del capital, en especial las grandes fortunas.
En el Estado español, la comunidad autónoma de Madrid y la Comunidad Valenciana, a las que después se han sumado otras, no pagan en la práctica el impuesto de sucesiones. Solo se paga en una minoría, entre ellas Catalunya. Pero que unas comunidades lo supriman no es razón suficiente para anularlo también en Catalunya, si se considera que el impuesto es justo. Somos, por tanto, favorables a mantener este impuesto, dado su carácter progresivo, y nos gustaría que se abriera un debate sereno, con rigor y datos reales, sobre el futuro de este gravamen emblemático. Para el año 2009, la Generalitat presupuestó en concepto del impuesto de sucesiones unos 1.000 millones de euros, que se quedan íntegramente en Catalunya, ya que es un impuesto cedido a la Administración autonómica, y contabiliza para el esfuerzo fiscal y la mejora de la financiación.
¿A quienes beneficia el recorte o supresión del impuesto de sucesiones? Según datos oficiales, un 56,6% de las personas que reciben herencias en Catalunya no tributan porque están exentas de su pago. Si el número de personas que lo pagan es de algo más del 40% de las que reciben herencias, y el grueso de la recaudación lo aportan básicamente las personas con más recursos (aproximadamente un 15% paga el 86% de la recaudación), eso nos indica que, si se suprime o se recorta notablemente, el beneficio mayor sería para los ricos. Y hay que recordar que esas personas ya han dejado también de pagar el impuesto de patrimonio, que ya se suprimió.
La supresión del impuesto, o su práctica eliminación, nos aleja cada vez más de Europa, y en especial de converger en gasto social y disponer de unos servicios públicos de calidad. Eliminar el impuesto de sucesiones supondría perder una cuarta parte de los ingresos obtenidos con el nuevo modelo de financiación.
Por otro lado, con la fuerte caída de ingresos que contemplan los presupuestos de la Generalitat para el 2010, es un despropósito rebajar el impuesto, puesto que recortaría de forma importante la capacidad de gasto de la Generalitat para aumentar la protección de las personas sin trabajo o para las ayudas selectivas a empresas y a la actividad económica.
Por lo tanto, no nos parece correcto que en un momento de crisis económica, con graves consecuencias sociales, se utilicen para rebajas fiscales ingresos necesarios para incentivar la economía y proteger a las personas que han perdido el trabajo.
Y, por consiguiente, reclamamos un debate global sobre la política fiscal, discutiendo las necesidades sociales y los recursos públicos precisos para atenderlas. Debatir, en definitiva, qué Estado del bienestar queremos y cómo pensamos pagarlo.
Consideramos que es posible actualizar el impuesto de sucesiones sin que dejen de pagar las grandes herencias: incrementar el mínimo exento, de forma que no tributen las pequeñas herencias hasta una cantidad que deberíamos determinar en un debate abierto, y que se podría aproximar al que represente el mínimo exento del actual impuesto de la renta de las personas física (IRPF) a lo largo de una vida laboral; definir de forma más precisa el supuesto de reducción del 95% de que gozan las sucesiones de las «empresas entre familiares», para delimitar mucho más lo que se entiende por actividad productiva y evitar que se pueda confundir con el patrimonio personal, y mejorar la progresividad del impuesto y mantener básicamente su recaudación.
En nuestra opinión, no existe ninguna razón para que los ricos dejen de pagar este impuesto, cuando, además, son los que menos impuestos pagan.
*Secretarios de CCOO de Catalunya y de UGT de Catalunya, respectivamente
Leer aquí: http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=667393&idseccio_PK=1498
http://www.elperiodico.cat/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAT&idnoticia_PK=667393&idseccio_PK=1006
Opinión
Impuestos e igualdad de oportunidades
Publicado 4/12/2009 Edición Impresa
JOAN CARLES Gallego / JOSEP MARIA Álvarez
Si se suprimiera la fiscalidad sobre las sucesiones, el mayor beneficio sería para los ricos
De los impuestos existentes, el de sucesiones tiene un fuerte carácter progresivo y redistribuidor de la riqueza. Es un impuesto individual previsto para favorecer la igualdad de oportunidades. Es un impuesto que se paga en la gran mayoría de los países europeos e incluso los propietarios de las grandes fortunas de Estados Unidos, entre ellos Bill Gates y Rockefeller, reclamaron que se siguiera pagando cuando se planteó su supresión. Hacían una diferenciación entre el patrimonio obtenido con el propio esfuerzo y el heredado.
En Catalunya pagamos menos impuestos que en Europa, y en consecuencia tenemos un gasto público en protección social (enseñanza, sanidad, servicios sociales) muy por debajo de la media europea. Para homologarnos con Europa y tener unos servicios públicos equiparables a los de los países europeos, tenemos que pagar también unos impuestos similares. La diferencia la tenemos ante todo en la menor tributación de las rentas altas del trabajo y las rentas del capital, en especial las grandes fortunas.
En el Estado español, la comunidad autónoma de Madrid y la Comunidad Valenciana, a las que después se han sumado otras, no pagan en la práctica el impuesto de sucesiones. Solo se paga en una minoría, entre ellas Catalunya. Pero que unas comunidades lo supriman no es razón suficiente para anularlo también en Catalunya, si se considera que el impuesto es justo. Somos, por tanto, favorables a mantener este impuesto, dado su carácter progresivo, y nos gustaría que se abriera un debate sereno, con rigor y datos reales, sobre el futuro de este gravamen emblemático. Para el año 2009, la Generalitat presupuestó en concepto del impuesto de sucesiones unos 1.000 millones de euros, que se quedan íntegramente en Catalunya, ya que es un impuesto cedido a la Administración autonómica, y contabiliza para el esfuerzo fiscal y la mejora de la financiación.
¿A quienes beneficia el recorte o supresión del impuesto de sucesiones? Según datos oficiales, un 56,6% de las personas que reciben herencias en Catalunya no tributan porque están exentas de su pago. Si el número de personas que lo pagan es de algo más del 40% de las que reciben herencias, y el grueso de la recaudación lo aportan básicamente las personas con más recursos (aproximadamente un 15% paga el 86% de la recaudación), eso nos indica que, si se suprime o se recorta notablemente, el beneficio mayor sería para los ricos. Y hay que recordar que esas personas ya han dejado también de pagar el impuesto de patrimonio, que ya se suprimió.
La supresión del impuesto, o su práctica eliminación, nos aleja cada vez más de Europa, y en especial de converger en gasto social y disponer de unos servicios públicos de calidad. Eliminar el impuesto de sucesiones supondría perder una cuarta parte de los ingresos obtenidos con el nuevo modelo de financiación.
Por otro lado, con la fuerte caída de ingresos que contemplan los presupuestos de la Generalitat para el 2010, es un despropósito rebajar el impuesto, puesto que recortaría de forma importante la capacidad de gasto de la Generalitat para aumentar la protección de las personas sin trabajo o para las ayudas selectivas a empresas y a la actividad económica.
Por lo tanto, no nos parece correcto que en un momento de crisis económica, con graves consecuencias sociales, se utilicen para rebajas fiscales ingresos necesarios para incentivar la economía y proteger a las personas que han perdido el trabajo.
Y, por consiguiente, reclamamos un debate global sobre la política fiscal, discutiendo las necesidades sociales y los recursos públicos precisos para atenderlas. Debatir, en definitiva, qué Estado del bienestar queremos y cómo pensamos pagarlo.
Consideramos que es posible actualizar el impuesto de sucesiones sin que dejen de pagar las grandes herencias: incrementar el mínimo exento, de forma que no tributen las pequeñas herencias hasta una cantidad que deberíamos determinar en un debate abierto, y que se podría aproximar al que represente el mínimo exento del actual impuesto de la renta de las personas física (IRPF) a lo largo de una vida laboral; definir de forma más precisa el supuesto de reducción del 95% de que gozan las sucesiones de las «empresas entre familiares», para delimitar mucho más lo que se entiende por actividad productiva y evitar que se pueda confundir con el patrimonio personal, y mejorar la progresividad del impuesto y mantener básicamente su recaudación.
En nuestra opinión, no existe ninguna razón para que los ricos dejen de pagar este impuesto, cuando, además, son los que menos impuestos pagan.
*Secretarios de CCOO de Catalunya y de UGT de Catalunya, respectivamente
Leer aquí: http://www.elperiodico.com/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAS&idnoticia_PK=667393&idseccio_PK=1498
http://www.elperiodico.cat/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAT&idnoticia_PK=667393&idseccio_PK=1006
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