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17/10/2010 - EL CORREO.COM - Vizcaya - El Supremo restituye a un vasco los bienes que puso a nombre de su pareja

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Missatge  Montser Dl 18 Oct 2010, 08:57

EL CORREO.COM
Vizcaya
El Supremo restituye a un vasco los bienes que puso a nombre de su pareja
Publicado 17/10/2010
MARÍA JOSÉ TOMÉ
BILBAO

Los jueces reconocen que cedió la titularidad a su ex por cuestiones fiscales y para evitar que quedase desprotegida puesto que no estaban casados

Al separarse, Javier U. perdió las dos viviendas y su empresa, que tenía la sede en una de ellas

El Tribunal Supremo ha reconocido la titularidad de dos inmuebles -valorados en 1,2 millones de euros- a un bilbaíno que decidió escriturarlos solo a nombre de su pareja, con la que convivía sin estar casados, para obtener unos beneficios fiscales y al mismo tiempo «garantizar el futuro de ella a su muerte», según su abogado. El Alto Tribunal confirma así varias sentencias previas que daban la razón a Javier U. y constataban que ambos acordaron un «negocio fiduciario», un pacto por el que ella era la «titular aparente de los bienes» y que «no fue respetado» por Isabel I. cuando decidió separarse tras interponer una demanda por un delito de maltrato, del que fue absuelto. Lo novedoso de la sentencia es que los jueces han reconocido que el demandante es el legítimo propietario de ambas fincas a pesar de que no existía ningún documento que acreditase la existencia de ese acuerdo implícito.

En virtud de este fallo, Javier U. ha recuperado la casa-torre de Larrinaga, situada en el barrio bilbaíno de Buia, un inmueble catalogado como monumento histórico-artístico y valorado en algo más de medio millón de euros; así como un chalé ubicado en la localidad cántabra de Galizano y tasado en un precio superior a los 600.000 euros. El litigio sobre esta finca aún no ha finalizado: un juzgado de Santoña reconoció igualmente su titularidad a favor de Javier U., pero la sentencia «está pendiente de apelación», según explica Josu Aldekoa que, junto a Sandra Vega, han sido los abogados que han promovido ambos procesos en Vizcaya y Cantabria.

Los antecedentes de este largo periplo judicial se remontan a 1990, cuando Javier U. e Isabel I. inician la convivencia en un piso propiedad del primero tras tres años de noviazgo. Casarse no entraba en sus planes por motivos ideológicos y ejercen como pareja de hecho en una época en la que ese modelo de convivencia carecía de todo reconocimiento legal. Por aquel entonces, Javier, que dirigía una pequeña empresa dedicada a la decoración y montaje de stands en recintos feriales, decide adquirir la casa-torre y radicar en ella la sede del negocio, para lo que hipotecó su vivienda. Por consejo de su asesoría fiscal, Javier U. optó por escriturar la casa exclusivamente a nombre de su compañera sentimental y así «obtener los máximos réditos contables y fiscales», según la sentencia. Pero el letrado matiza que «la verdadera razón de fondo» era asegurar el futuro de Isabel, 16 años más joven que él. El propósito de Javier era que, dado que a ojos de la Justicia no estaban emparentados, ella tuviera «preferencia» sobre sus propios familiares a la hora de heredar «sin tener que pagar el elevado importe del impuesto de Sucesiones», explica el letrado.

El negocio iba bien y en 1998 Javier adquiere un chalé en un entorno privilegiado de la localidad cántabra de Galizano, rodeado de un bosque y con vistas al mar, y financia parte de la compra con el dinero obtenido de la venta del piso de Bilbao. También en este caso, Isabel ejerció de «testaferro», según los jueces, y la finca quedó inscrita exclusivamente a su nombre. Aldekoa insiste en que «ambos conocían el trasfondo de este negocio fiduciario y que el titular real de los bienes era Javier».

Pero la relación de la pareja se deteriora y en 2004 Isabel I. le «echa de casa» y le denuncia por maltrato. Javier no solo se queda sin las viviendas sino que también pierde su trabajo, al no poder acceder a la sede de su propia empresa. Sin domicilio y sin empleo, comienza «un viacrucis procesal que aún no ha terminado», apunta el abogado.

Pruebas «abrumadoras»

La denuncia penal se tradujo, tres años después, en la absolución del delito de maltrato, aunque fue condenado a pagar 90 euros de multa por una falta. Ya un año antes, Javier se propuso recuperar sus propiedades por la vía judicial tras conocer que su pareja trataba de venderlas.

Reclamó primero la casa solariega. En julio de 2007, una sentencia del juzgado de primera instancia número 2 de Bilbao le da la razón al reconocer que él es el auténtico dueño, extremo que corroboró un posterior fallo de la Audiencia provincial de Vizcaya. Respecto a la finca de Cantabria, el juzgado de primera instancia número 1 de Santoña admitió igualmente el derecho de propiedad del demandante sobre el chalé. A pesar de que Javier «no tuvo la cautela de documentar el trasfondo del negocio fiduciario», los tribunales han considerado que existían pruebas «abrumadoras» de la naturaleza del mismo. Uno de los aspectos que han inclinado la balanza a su favor fue el hecho de que «hipotecase o vendiese bienes propios para adquirir o amortizar los que puso a nombre de Isabel y sobre todo, que él fue el único miembro de la pareja que trabajó y obtuvo rentas a lo largo de la larga convivencia».

Josu Aldekoa se congratula de que, seis años después, «los tribunales hayan puesto las cosas en su sitio». Javier, que ha consagrado los últimos años a esta batalla legal, «ha recuperado la confianza en la Justicia y todos sus bienes», aunque a «un alto precio». Pero tampoco a su ex pareja le ha salido gratis: como recuerda el letrado, Isabel U. no solo ha perdido todos los derechos sobre las fincas, sino que ha sido condenada a pagar las costas de todos los procesos legales.

Leer aquí: http://www.elcorreo.com/vizcaya/v/20101017/pvasco-espana/supremo-restituye-vasco-bienes-20101017.html
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