19/05/2012 - Economía - La amnistía permite aflorar dinero en efectivo generado antes del 2010
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19/05/2012 - Economía - La amnistía permite aflorar dinero en efectivo generado antes del 2010
LA VANGUARDIA.COM
Economía
La amnistía permite aflorar dinero en efectivo generado antes del 2010
Publicado 19/05/2012
Conchi Lafraya
Madrid
Medidas para incrementar los ingresos del Estado
La novedad del borrador es que abre la puerta a regularizar ingresos de la economía sumergida | Antes, el real decreto recogía que era para cuentas y bienes en el extranjero | Ahora, la orden abre la puerta a regularizar la moneda fruto de la actividad no declarada
El Gobierno ultima el borrador de la orden ministerial que regulará la declaración tributaria especial, más conocida para el gran público como amnistía fiscal. La normativa definitiva puede ver la luz verde la próxima semana. La principal novedad del documento de borrador, al que ha tenido acceso La Vanguardia, es que permite regularizar también el dinero en efectivo. Es decir, ha ampliado el campo de actuación para que afloren también los billetes de 500 euros que los contribuyentes guardan en su domicilio, debajo del colchón o en la caja fuerte, y que proceden, sobre todo, de negocios vinculados a la economía sumergida.
La nueva norma fija para ello dos condiciones esenciales. La primera es que ese dinero negro se haya generado antes del 31 de diciembre del año 2010. La segunda, que ese dinero se deposite en una cuenta corriente de un banco español, europeo o de un estado integrante del Espacio Económico Europeo, siempre que no sea un paraíso fiscal o un territorio de nula tributación. Es decir, se permitirá ingresar ese dinero en una cuenta en Suiza o en Luxemburgo, pero no en un paraíso fiscal como Mónaco.
El borrador que circula contradice o mejora en cierta medida el real decreto publicado el pasado 31 de marzo en el BOE; ya que éste apuntaba sólo hacia las cuentas bancarias o bienes ubicados en el exterior. Con la novedad, el Gobierno persigue que se regularice la mayor cantidad de dinero B; no sólo el que se encuentra fuera de España ingresado en cuentas bancarias de paraísos fiscales. Contrariamente, la norma sigue permitiendo que el dinero no vuelva a España. Es decir, el objetivo es que los contribuyentes declaren todos sus bienes e ingresos a la Agencia Tributaria. Ahora bien, la orden ministerial no está redactada de forma definitiva, con lo que se podrían fijar algunas limitaciones. Una de las restricciones que se baraja es que de la regulación total, el efectivo represente el 20% de lo aflorado por el evasor. Pese a que hay cuestiones sin cerrar, el borrador se ha hecho llegar a los expertos fiscalistas a través de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). "Hasta ahora, la ley exigía que se acreditara que los bienes regularizados fueran poseídos antes del 31 de diciembre del año 2010, lo que hacía imposible regularizar el dinero en efectivo por la sencilla razón de que era imposible acreditar fehacientemente la fecha desde la que se poseía", explica Jorge Sarró, socio del despacho de abogados Rousaud Costas Duran (RCD).
"Con estos cambios, la amnistía fiscal abre la puerta al efectivo, pero la orden establece que el ingreso en la cuenta bancaria realizado con anterioridad a la presentación de la declaración tributaria especial es una presunción de que la persona que realiza el ingreso es titular y tenía el efectivo antes del 31 de diciembre del año 2010", explica Esteban Raventós, socio director del despacho Baker & Mckenzie
"Estamos ante una presunción que admite prueba en contrario, y, por tanto, si la AEAT demuestra que ese efectivo no se tenía antes de esa fecha porque procede de una donación recibida en el 2012 o de la venta de una vivienda realizada en el 2011, el contribuyente recibirá la correspondiente acta, con sanción e intereses", sentencia. Otra de las novedades es que se permite regularizar a los beneficiarios reales de las cuentas y no las sociedades o instrumentos fiduciarios utilizados para ocultarlos.
Para Raventós, la propuesta es una muestra más de que se trata de "una medida posibilista y flexible, que persigue que los contribuyentes hagan las paces con Hacienda". Es decir, que se levante el velo en las estructuras internacionales, léase sociedades extranjeras interpuestas, trust, parnerships... "El borrador admite obviar esas figuras interpuestas de tal manera que se reconozca la titularidad última del beneficiario efectivo como si fuera el titular jurídico directo de los activos subyacentes ", aclara Raventós.
Otra de las novedades es que la Declaración Tributaria Especial se presentará vía telemática. no manual. El borrador lleva adjunto el modelo a cumplimentar. Todo lo aflorado, se gravará con un 10%. Hay que recordar, que la amnistía fiscal se refiere sólo a impuestos sobre la renta (IRPF, Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Sociedades). Es decir, no cubre otros impuestos como sucesiones, donaciones, patrimonio o el impuesto indirecto del IVA.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.com/economia/20120519/54295440081/amnistia-permite-aflorar-dinero-efectivo.html
Economía
La amnistía permite aflorar dinero en efectivo generado antes del 2010
Publicado 19/05/2012
Conchi Lafraya
Madrid
Medidas para incrementar los ingresos del Estado
La novedad del borrador es que abre la puerta a regularizar ingresos de la economía sumergida | Antes, el real decreto recogía que era para cuentas y bienes en el extranjero | Ahora, la orden abre la puerta a regularizar la moneda fruto de la actividad no declarada
El Gobierno ultima el borrador de la orden ministerial que regulará la declaración tributaria especial, más conocida para el gran público como amnistía fiscal. La normativa definitiva puede ver la luz verde la próxima semana. La principal novedad del documento de borrador, al que ha tenido acceso La Vanguardia, es que permite regularizar también el dinero en efectivo. Es decir, ha ampliado el campo de actuación para que afloren también los billetes de 500 euros que los contribuyentes guardan en su domicilio, debajo del colchón o en la caja fuerte, y que proceden, sobre todo, de negocios vinculados a la economía sumergida.
La nueva norma fija para ello dos condiciones esenciales. La primera es que ese dinero negro se haya generado antes del 31 de diciembre del año 2010. La segunda, que ese dinero se deposite en una cuenta corriente de un banco español, europeo o de un estado integrante del Espacio Económico Europeo, siempre que no sea un paraíso fiscal o un territorio de nula tributación. Es decir, se permitirá ingresar ese dinero en una cuenta en Suiza o en Luxemburgo, pero no en un paraíso fiscal como Mónaco.
El borrador que circula contradice o mejora en cierta medida el real decreto publicado el pasado 31 de marzo en el BOE; ya que éste apuntaba sólo hacia las cuentas bancarias o bienes ubicados en el exterior. Con la novedad, el Gobierno persigue que se regularice la mayor cantidad de dinero B; no sólo el que se encuentra fuera de España ingresado en cuentas bancarias de paraísos fiscales. Contrariamente, la norma sigue permitiendo que el dinero no vuelva a España. Es decir, el objetivo es que los contribuyentes declaren todos sus bienes e ingresos a la Agencia Tributaria. Ahora bien, la orden ministerial no está redactada de forma definitiva, con lo que se podrían fijar algunas limitaciones. Una de las restricciones que se baraja es que de la regulación total, el efectivo represente el 20% de lo aflorado por el evasor. Pese a que hay cuestiones sin cerrar, el borrador se ha hecho llegar a los expertos fiscalistas a través de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). "Hasta ahora, la ley exigía que se acreditara que los bienes regularizados fueran poseídos antes del 31 de diciembre del año 2010, lo que hacía imposible regularizar el dinero en efectivo por la sencilla razón de que era imposible acreditar fehacientemente la fecha desde la que se poseía", explica Jorge Sarró, socio del despacho de abogados Rousaud Costas Duran (RCD).
"Con estos cambios, la amnistía fiscal abre la puerta al efectivo, pero la orden establece que el ingreso en la cuenta bancaria realizado con anterioridad a la presentación de la declaración tributaria especial es una presunción de que la persona que realiza el ingreso es titular y tenía el efectivo antes del 31 de diciembre del año 2010", explica Esteban Raventós, socio director del despacho Baker & Mckenzie
"Estamos ante una presunción que admite prueba en contrario, y, por tanto, si la AEAT demuestra que ese efectivo no se tenía antes de esa fecha porque procede de una donación recibida en el 2012 o de la venta de una vivienda realizada en el 2011, el contribuyente recibirá la correspondiente acta, con sanción e intereses", sentencia. Otra de las novedades es que se permite regularizar a los beneficiarios reales de las cuentas y no las sociedades o instrumentos fiduciarios utilizados para ocultarlos.
Para Raventós, la propuesta es una muestra más de que se trata de "una medida posibilista y flexible, que persigue que los contribuyentes hagan las paces con Hacienda". Es decir, que se levante el velo en las estructuras internacionales, léase sociedades extranjeras interpuestas, trust, parnerships... "El borrador admite obviar esas figuras interpuestas de tal manera que se reconozca la titularidad última del beneficiario efectivo como si fuera el titular jurídico directo de los activos subyacentes ", aclara Raventós.
Otra de las novedades es que la Declaración Tributaria Especial se presentará vía telemática. no manual. El borrador lleva adjunto el modelo a cumplimentar. Todo lo aflorado, se gravará con un 10%. Hay que recordar, que la amnistía fiscal se refiere sólo a impuestos sobre la renta (IRPF, Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Sociedades). Es decir, no cubre otros impuestos como sucesiones, donaciones, patrimonio o el impuesto indirecto del IVA.
Leer aquí: http://www.lavanguardia.com/economia/20120519/54295440081/amnistia-permite-aflorar-dinero-efectivo.html
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