Intentar reduir impost en vida?
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Re: Intentar reduir impost en vida?
En qualsevol cas, advocats i economistes en general, si no son especialistes en dret successori i fiscalitat d'herències, naveguen bastant. Ni els mateixos fiscalistes generals saben de què va i et poden fer un bon tomàquet. El tema es tan complex que cal un especialista amb experiència que treballi amb les dades reals.
També cal tenir en compte que lamentablement no hi ha receptes miraculoses.
Que hi hagi sort !
També cal tenir en compte que lamentablement no hi ha receptes miraculoses.
Que hi hagi sort !
Re: Intentar reduir impost en vida?
Moltes gràcies a tots... veig que el tema està fotut...
He consultat a advocats i economistes, i ningú m'ha donat una resposta definitiva.
És més, es contradiuen els uns amb els altres...
Lo que està clar és que s'ha d'intentar fer lo de la vivenda habitual, perque si no, nosaltres també li pagarem unes vacances a Monti & Co d'uns 60.000€...
Gràcies i seguiré atent per si hi ha alguna nova resposta clarificadora.
He consultat a advocats i economistes, i ningú m'ha donat una resposta definitiva.
És més, es contradiuen els uns amb els altres...
Lo que està clar és que s'ha d'intentar fer lo de la vivenda habitual, perque si no, nosaltres també li pagarem unes vacances a Monti & Co d'uns 60.000€...
Gràcies i seguiré atent per si hi ha alguna nova resposta clarificadora.
hohaveuvist- Nombre de missatges : 2
Fecha de inscripción : 10/06/2009
Re: Intentar reduir impost en vida?
Jo conec un altre cas similar, son un matrimoni quasi octogenari que també viu de lloguer, però te una torreta en una urbanització amb manca de serveis.
El problema es que a la torreta no hi poden viure, ja que no poden rebre la assistència que necessiten.
Però el mes curios del cas, es que al que jo conec es al fill (a sobre únic), i il·lus d'ell, com d'altres que m'he trobat, creía que "aixó ja ho havíen tret" i no se'n havía preocupat, quan li vaig calcular que li ventilaríen mes de 60.000 € als que haurà de sumar la plusvàlua municipal, etc., li va canviar la cara.
Nois, tenim una tasca faraónica de divulgació.
El problema es que a la torreta no hi poden viure, ja que no poden rebre la assistència que necessiten.
Però el mes curios del cas, es que al que jo conec es al fill (a sobre únic), i il·lus d'ell, com d'altres que m'he trobat, creía que "aixó ja ho havíen tret" i no se'n havía preocupat, quan li vaig calcular que li ventilaríen mes de 60.000 € als que haurà de sumar la plusvàlua municipal, etc., li va canviar la cara.
Nois, tenim una tasca faraónica de divulgació.
jordibonet- Nombre de missatges : 757
Fecha de inscripción : 25/02/2009
Re: Intentar reduir impost en vida?
Las entidades financieras están obligadas a presentar los movimientos de los últimos doce meses.
Con respecto a las donaciones, si el fallecimiento es anterior a que hayan transcurrido cinco años de la donación, la misma se suma a la Base Imponible de la herencia, incrementando por tanto el tipo del impuesto de sucesiones. Una vez calculado, de éste se deduce el importe correspondiente a aplicarle al valor de los bienes donados el tipo medio calculado del impuesto de sucesiones. El tipo medio del impuesto de sucesiones se calcula dividiendo la cuota tributaria entre la base liquidable y multiplicando por 100.
Por otra parte, hay que tener muy en cuenta algo que a veces dejamos de lado, centrados como estamos en el impuesto de sucesiones. Se trata de que una donación de un bien distinto al efectivo, a efectos de la declaración anual del IRPF del donante, tributa como una venta, por lo que según el tipo de bien donado, sobre todo si se trata de inmuebles, es posible que el cómputo global del impuesto de donaciones y del IRPF sea mayor del que resultaría tributando solamente por el de sucesiones.
La deducción de la Base Imponible del 95% del valor de la vivienda habitual, con un límite de 500.000 euros, tiene varias condiciones: el/la causante debe haber residido en ella cualquier día dentro de los dos años anteriores a su fallecimiento. Si no fue así por haber estado en una residencia o similar (las residencias acostumbran a exigir el empadronamiento) no se tiene derecho a la deducción. Aunque hubiera sido por menos de dos años, si se hubiera alquilado dicha vivienda, tampoco se tendría derecho a la deducción. Por otra parte, la vivienda no puede enajenarse dentro de los cinco años siguientes, salvo que se quiera pagar entonces el impuesto de sucesiones no satisfecho.
Con respecto a las donaciones, si el fallecimiento es anterior a que hayan transcurrido cinco años de la donación, la misma se suma a la Base Imponible de la herencia, incrementando por tanto el tipo del impuesto de sucesiones. Una vez calculado, de éste se deduce el importe correspondiente a aplicarle al valor de los bienes donados el tipo medio calculado del impuesto de sucesiones. El tipo medio del impuesto de sucesiones se calcula dividiendo la cuota tributaria entre la base liquidable y multiplicando por 100.
Por otra parte, hay que tener muy en cuenta algo que a veces dejamos de lado, centrados como estamos en el impuesto de sucesiones. Se trata de que una donación de un bien distinto al efectivo, a efectos de la declaración anual del IRPF del donante, tributa como una venta, por lo que según el tipo de bien donado, sobre todo si se trata de inmuebles, es posible que el cómputo global del impuesto de donaciones y del IRPF sea mayor del que resultaría tributando solamente por el de sucesiones.
La deducción de la Base Imponible del 95% del valor de la vivienda habitual, con un límite de 500.000 euros, tiene varias condiciones: el/la causante debe haber residido en ella cualquier día dentro de los dos años anteriores a su fallecimiento. Si no fue así por haber estado en una residencia o similar (las residencias acostumbran a exigir el empadronamiento) no se tiene derecho a la deducción. Aunque hubiera sido por menos de dos años, si se hubiera alquilado dicha vivienda, tampoco se tendría derecho a la deducción. Por otra parte, la vivienda no puede enajenarse dentro de los cinco años siguientes, salvo que se quiera pagar entonces el impuesto de sucesiones no satisfecho.
Re: Intentar reduir impost en vida?
Las cantidades a pasar de una cuenta a otra nunca deben ser superiores a los 3.000 €. Para cantidades superiores el banco da cuentas a Hacienda.
Montser- Nombre de missatges : 4636
Fecha de inscripción : 08/05/2009
Re: Intentar reduir impost en vida?
si te sirve de experiencia
en mi caso.. mi suegra, ya hace bastantes años, incluyo en la cartilla a mi mujer (su hija) y a su hijo..
nosotros n lo sabiamos .. hasta que un año nos llamo hacienda y nos decia que debiamos no se cuanto dinero..
al pedir de que cuentas nos estaban hablando, nos dimos cuenta que eran las de mi suegra...menos mal que entonces ella pagaba el 100% a hacienda, pero aun asi , tubimos que pagar algo (poco) pero a partir de entonces, teniendo en cuenta que lo vas declarando año a año... y a los 5 preescribe todo... si crees que tu abuela puede durar 5 años o mas, no es para nada mala idea ni descabellada... de hecho, cuando fuimos al banco nos reconocieron que eran muchisimas las familias que hacian eso y siempre y cuando las imposiciones fueran razonables no habia motivo para preocuparse... osea piano piano
de hecho. ultimamente, cuando las cuentas a largo plazo que tenia (compartidas) han ido venciendo, lo que hemos hecho, es abrir una nueva con el total.. pero a nombre de los hijos y ella como autorizada... con lo cual el 33% de cada uno de los tres...a quedado en el 50% de 2...
saludos
en mi caso.. mi suegra, ya hace bastantes años, incluyo en la cartilla a mi mujer (su hija) y a su hijo..
nosotros n lo sabiamos .. hasta que un año nos llamo hacienda y nos decia que debiamos no se cuanto dinero..
al pedir de que cuentas nos estaban hablando, nos dimos cuenta que eran las de mi suegra...menos mal que entonces ella pagaba el 100% a hacienda, pero aun asi , tubimos que pagar algo (poco) pero a partir de entonces, teniendo en cuenta que lo vas declarando año a año... y a los 5 preescribe todo... si crees que tu abuela puede durar 5 años o mas, no es para nada mala idea ni descabellada... de hecho, cuando fuimos al banco nos reconocieron que eran muchisimas las familias que hacian eso y siempre y cuando las imposiciones fueran razonables no habia motivo para preocuparse... osea piano piano
de hecho. ultimamente, cuando las cuentas a largo plazo que tenia (compartidas) han ido venciendo, lo que hemos hecho, es abrir una nueva con el total.. pero a nombre de los hijos y ella como autorizada... con lo cual el 33% de cada uno de los tres...a quedado en el 50% de 2...
saludos
PacoBCN- Nombre de missatges : 15
Fecha de inscripción : 25/04/2009
Re: Intentar reduir impost en vida?
Lo más recomendable es que acudas a un abogado para pedir consejo.
Lo que está claro es que para poder aplicar una reducción del 95% en cuanto a la vivienda habitual, es necesario que viva en ella, con todo lo que ello implica. Es muy difícil hacer ver que vives en una casa si no es así. Si sospechan algo, porque anteriormente tenía el domicilio en otra dirección, miran hasta los consumos de agua, luz, teléfono y hasta el CAP al que acude. Y hay gente que ha tenido que demostrarlo incluso enseñando que la correspondencia la recibía en su “vivienda habitual”. Si realmente va a seguir viviendo en un piso de alquiler, yo creo que es difícil.
En cuanto a lo del dinero, piensa que se las saben todas, y miran hasta los movimientos de la cuentas del causante (difunto) durante todo el año anterior al fallecimiento.
Una opción ahora son las Donaciones, por las que se paga menos que en Sucesiones, pero si el causante fallece antes de transcurridos, creo que son 3 años, de la fecha de la donación, no ha servido de nada, y te hacen pagar el Impuesto de Sucesiones, descontándote lo que en su día pagaras por el Impuesto de Donaciones.
Otra solución puede ser repartir más la herencia, es decir, en lugar de 2 herederos (tu hermano y tú), poner también a los nietos, si existen, con lo cual se consigue que la carga hereditaria para cada uno sea menor, y también el impuesto, que es progresivo. Y si además los nietos son menores de 21 años, pues también gozan de más reducciones.
Espero haberte podido ayudar en algo.
Lo que está claro es que para poder aplicar una reducción del 95% en cuanto a la vivienda habitual, es necesario que viva en ella, con todo lo que ello implica. Es muy difícil hacer ver que vives en una casa si no es así. Si sospechan algo, porque anteriormente tenía el domicilio en otra dirección, miran hasta los consumos de agua, luz, teléfono y hasta el CAP al que acude. Y hay gente que ha tenido que demostrarlo incluso enseñando que la correspondencia la recibía en su “vivienda habitual”. Si realmente va a seguir viviendo en un piso de alquiler, yo creo que es difícil.
En cuanto a lo del dinero, piensa que se las saben todas, y miran hasta los movimientos de la cuentas del causante (difunto) durante todo el año anterior al fallecimiento.
Una opción ahora son las Donaciones, por las que se paga menos que en Sucesiones, pero si el causante fallece antes de transcurridos, creo que son 3 años, de la fecha de la donación, no ha servido de nada, y te hacen pagar el Impuesto de Sucesiones, descontándote lo que en su día pagaras por el Impuesto de Donaciones.
Otra solución puede ser repartir más la herencia, es decir, en lugar de 2 herederos (tu hermano y tú), poner también a los nietos, si existen, con lo cual se consigue que la carga hereditaria para cada uno sea menor, y también el impuesto, que es progresivo. Y si además los nietos son menores de 21 años, pues también gozan de más reducciones.
Espero haberte podido ayudar en algo.
Montser- Nombre de missatges : 4636
Fecha de inscripción : 08/05/2009
Intentar reduir impost en vida?
Bon dia a tots...
Em trobo en la situació en la que la meva àvia comença a ser gran i (donat que la meva mare va morir) tant el meu germà com jo, estem pensant en quines fórmules poden existir per reduir l'impost de successions que ens espera el dia que falti.
Suposo que no existeix la bareta màgica.... però si em podeu donar alguna idea serà benvinguda!!!
Hem pensat en obrir un compte a nom dels germans (autoritzant a l'avia) i començar a desviar poc a poc, o no, els diners del seu compte.
Obviament, aquest diners no es tocarien fins que ella els necessitès o el dia que faltès. (els diners no deixen de ser seus). Seria millor obrir el compte entre els dos germans o entre els dos i la meva àvia (compte de 3 titulars)?
En quant a un pis que té buit, entenc que hauria d'empadronar-se allà. Ella viu en un de lloguer. Però la pregunta és.... serveix només el fet d'empadronar-se a l'ajuntament corresponent, o també s'hauria de canviar el domicili fiscal amb el 036?
I sabeu si afecta en algo el servei del CAP? hauria de fer solicitud per mantenir-se en l'actual?
Si em podeu donar una sol.lució, o comentar el que us he exposat us ho agrairia moltíssim...
Una abraçada
Em trobo en la situació en la que la meva àvia comença a ser gran i (donat que la meva mare va morir) tant el meu germà com jo, estem pensant en quines fórmules poden existir per reduir l'impost de successions que ens espera el dia que falti.
Suposo que no existeix la bareta màgica.... però si em podeu donar alguna idea serà benvinguda!!!
Hem pensat en obrir un compte a nom dels germans (autoritzant a l'avia) i començar a desviar poc a poc, o no, els diners del seu compte.
Obviament, aquest diners no es tocarien fins que ella els necessitès o el dia que faltès. (els diners no deixen de ser seus). Seria millor obrir el compte entre els dos germans o entre els dos i la meva àvia (compte de 3 titulars)?
En quant a un pis que té buit, entenc que hauria d'empadronar-se allà. Ella viu en un de lloguer. Però la pregunta és.... serveix només el fet d'empadronar-se a l'ajuntament corresponent, o també s'hauria de canviar el domicili fiscal amb el 036?
I sabeu si afecta en algo el servei del CAP? hauria de fer solicitud per mantenir-se en l'actual?
Si em podeu donar una sol.lució, o comentar el que us he exposat us ho agrairia moltíssim...
Una abraçada
hohaveuvist- Nombre de missatges : 2
Fecha de inscripción : 10/06/2009
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