Ens han fet una revisio de l'Agencia Tributaria Catalunya de 300.000 (S.O.S)
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Re: Ens han fet una revisio de l'Agencia Tributaria Catalunya de 300.000 (S.O.S)
Es muy triste tu caso, tanto por las connotaciones de tipo familiar que indicas, como por el hecho de que las valoraciones se sitúan en el momento más elevado del ciclo económico inmobiliario, así como lo poco que faltaba para la prescripción. A mi entender el problema principal cuando existe una peritación judicial es que si la misma no fué recurrida tiene el valor de COSA JUZGADA y consolidada, por lo que difícilmente podrías intentar neutralizar la reclamación de hacienda mediante tasaciones periciales contradictorias. Es algo similar a lo que le pasa a los compradores de una vivienda, en que la administración tributaria utiliza el valor de tasación utilizado para conceder la hipoteca, como prueba "fehaciente" de cuál es el verdadero valor de mercado de la operación.
La liquidación realizada inicialmente en base al valor catastral x coeficiente local, únicamente significaba que dicha declaración no entraba en la dinámica de VERIFICACIÓN PRIORITARIA, pero en rigor es el valor real o de mercado el que marca la base imponible del impuesto, como ahora está intentando conseguir demostrar hacienda.
Cabe suponer que la cifra de 300.000 euros que mencionas, se compone de cuota tributaria + intereses de demora y que no os han abierto expediente sancionador, pues en caso contrario, la SANCIÓN si que sería recurrible (sin aportación de aval), ya que lo que es evidente es que no ha existido por vuestra parte ocultación, mala fe, medios fraudulentos ni nada similar, sino como máximo una interpretación razonable de la norma.
No obstante, la magnitud del caso (que es una verdadera ruina para cualquier persona) requeriría que fuerais asistidos por un buen abogado que pudiera valorar todos los detalles del problema, por si puede encontrar la forma de minorar algo la nueva base imponible e intentar pactar con hacienda algún tipo de FRACCIONAMIENTO en el pago, así como estudiar si parte de dicha deuda tributaria la podéis reclamar de alguna manera a la persona que recibió la LEGÍTIMA "a valor de mercado", por cuanto el caudal relicto después de los impuestos y costas judiciales habrá quedado sensiblemente mermado. (Las legítimas siempre se calculan antes de impuestos, pero quizá exista alguna forma de que dicho legitimario vea disminuídas sus ganancias).
El abogado también podrá valorar si la DENUNCIA recibida por hacienda es suficiente prueba para iniciar dicha paralela, ya que la administración ha de motivar con rigor la nueva liquidación, que no ha venido de un proceso de investigación o inspección propio, sino de medios ajenos, más o menos lícitos o anónimos.
La liquidación realizada inicialmente en base al valor catastral x coeficiente local, únicamente significaba que dicha declaración no entraba en la dinámica de VERIFICACIÓN PRIORITARIA, pero en rigor es el valor real o de mercado el que marca la base imponible del impuesto, como ahora está intentando conseguir demostrar hacienda.
Cabe suponer que la cifra de 300.000 euros que mencionas, se compone de cuota tributaria + intereses de demora y que no os han abierto expediente sancionador, pues en caso contrario, la SANCIÓN si que sería recurrible (sin aportación de aval), ya que lo que es evidente es que no ha existido por vuestra parte ocultación, mala fe, medios fraudulentos ni nada similar, sino como máximo una interpretación razonable de la norma.
No obstante, la magnitud del caso (que es una verdadera ruina para cualquier persona) requeriría que fuerais asistidos por un buen abogado que pudiera valorar todos los detalles del problema, por si puede encontrar la forma de minorar algo la nueva base imponible e intentar pactar con hacienda algún tipo de FRACCIONAMIENTO en el pago, así como estudiar si parte de dicha deuda tributaria la podéis reclamar de alguna manera a la persona que recibió la LEGÍTIMA "a valor de mercado", por cuanto el caudal relicto después de los impuestos y costas judiciales habrá quedado sensiblemente mermado. (Las legítimas siempre se calculan antes de impuestos, pero quizá exista alguna forma de que dicho legitimario vea disminuídas sus ganancias).
El abogado también podrá valorar si la DENUNCIA recibida por hacienda es suficiente prueba para iniciar dicha paralela, ya que la administración ha de motivar con rigor la nueva liquidación, que no ha venido de un proceso de investigación o inspección propio, sino de medios ajenos, más o menos lícitos o anónimos.
irina- Nombre de missatges : 262
Fecha de inscripción : 07/11/2009
Ens han fet una revisio de l'Agencia Tributaria Catalunya de 300.000 (S.O.S)
En el 2006 va morir el meu pare i vaig liquidar els impostos de la donacio d'una finca d'acord amb la base catastrala + cuoeficient de la poblacio, degut a una peritacio judicial per pagar la llegitima a un familiar, aquesta peritacio "valor de mercat" es bastant mes alta que la base que varem liquidar.
Degut a una denucia formulada a l'agencia tributaria, aquesta m'exigeix liquidar un import molt mes elevat basant-se amb la peritacio judicial, que aixo vol dir pagar un 32% l'import judicial de la finca.
3 anys i 11 mesos despres l'agencia Tributaria ens ha dit que em de pagar un import que es completament abusiu, 300.000€ jo no tinc aquest diners i no se que fer, es legal aixo? quina solucio hi pot haver-hi?
ara fa 3 mesos que aixo ja hauria prescrit, pero ens varen demandar dos mesos abans de que prescribis, hi pot haver-hi alguna manera de que prescribis per defecte de forma o altres solucions per que no m'arruinin?
No entenem com una liquidacio ben feta (segons llei) ara es basin amb una peritacio judicial que no te res a veure amb pagament d'impostos, que ara l'utilitzin per arruinar-me la vida!
espero que algu em pugui donar un cop de ma, ja que estem desesperats
moltissimes gracies!
Degut a una denucia formulada a l'agencia tributaria, aquesta m'exigeix liquidar un import molt mes elevat basant-se amb la peritacio judicial, que aixo vol dir pagar un 32% l'import judicial de la finca.
3 anys i 11 mesos despres l'agencia Tributaria ens ha dit que em de pagar un import que es completament abusiu, 300.000€ jo no tinc aquest diners i no se que fer, es legal aixo? quina solucio hi pot haver-hi?
ara fa 3 mesos que aixo ja hauria prescrit, pero ens varen demandar dos mesos abans de que prescribis, hi pot haver-hi alguna manera de que prescribis per defecte de forma o altres solucions per que no m'arruinin?
No entenem com una liquidacio ben feta (segons llei) ara es basin amb una peritacio judicial que no te res a veure amb pagament d'impostos, que ara l'utilitzin per arruinar-me la vida!
espero que algu em pugui donar un cop de ma, ja que estem desesperats
moltissimes gracies!
LluisF- Nombre de missatges : 1
Fecha de inscripción : 02/11/2010
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