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25/10/2010 - CINCO DÍAS.COM - Tribuna - La equidad no cotiza

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Missatge  Montser Dl 25 Oct 2010, 08:40

CINCO DÍAS.COM
Tribuna
La equidad no cotiza
Publicado 25/10/2010
Rafael Martín, Profesor de economía de la Universidad Rey Juan Carlos

Cierto personaje de Pirandello sugiere que, en muchos ámbitos de la vida y en contra de lo comúnmente aceptado, del pasado se obtienen pocas enseñanzas para el presente porque la vida avanza con reglas de presente que sirven para poco en el futuro. En el ámbito fiscal, el presente que nos hemos otorgado es algo más que preocupante pero, a diferencia del relato, si puede condicionar nuestro futuro. Intentaré explicarme.

Nuestra fiscalidad es cada vez menos equitativa y no es exagerado afirmar que paulatinamente se aleja de la idea de justicia que proclama nuestra Constitución en su artículo 31. Las últimas reformas impositivas así lo corroboran. La reforma del IRPF de 1998 redujo la progresividad porque implicó: reducción de tramos de la tarifa y rebaja de tipos marginales; sustitución de las deducciones en la cuota por deducciones en la base imponible; y consolidación del tratamiento diferenciado entre las rentas del trabajo y las del capital. La reforma de 2007 confirmó la tendencia, aunque con matizaciones. La reforma del IAE de 2002 supuso una disminución de la carga tributaria de empresarios, profesionales y artistas. La bonificación del 100% del Impuesto sobre el Patrimonio disminuyó la carga tributaria de aproximadamente un millón de los contribuyentes con mayor capacidad de pago. Estas dos últimas reformas implicaron un doble efecto negativo: disminución de la recaudación territorial y compensación anual a dichas administraciones con cargo al Estado. El Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones profundizó en la misma línea: aunque beneficia a todos, a unos más que a otros.

Pero, ¿por qué evitamos gravar la riqueza? El sistema tributario europeo en el que se implanta el impuesto sobre el patrimonio era muy distinto al español. Este último se caracterizaba por tener escasa potencia recaudatoria y una fiscalidad directa. España llegó tarde a este impuesto en 1977 y ello explica que seamos de los últimos en reconocer su decadencia. Los argumentos más importantes en su contra son: escasa potencia recaudatoria, inducir a la deslocalización de capitales, fácil evasión, baja flexibilidad recaudatoria, desaparición de función censal, asimetrías en la equidad, escasa función redistributiva y complejidad en su administración.

Existían tres alternativas para su reforma: reconvertirlo en un impuesto para las grandes fortunas al estilo francés, reformarlo con fines censales, o eliminarlo del sistema. Las cuentas públicas saneadas, el periodo de bonanza económica y las decisiones de los países vecinos indujeron a España en 2007 por la última alternativa. El cambio de escenario por la crisis podría suscitar la revisión de algunas de las reflexiones anteriores. De hecho, ya han comenzado.

Sin embargo, asumimos la idea de no gravar el ahorro como si fuera un karma. ¿por que? Básicamente, porque el principio de neutralidad ha ganado la partida al de equidad. Que los impuestos deban alterar lo menos posible las decisiones de los agentes económicos, y la alta movilidad del capital en un mundo dinámico y globalizado, son dos dogmas que han sacralizado al ahorro como un bien en peligro de extinción. Pero cuidado, ni la neutralidad es absoluta, pues no favorece por igual a todo el ahorro sino sólo a ciertas formas (fondos de pensiones, Sicav, vivienda, etc.), ni los dogmas intocables.

¿Puede Europa jugar algún papel en esta historia? A pesar de que sólo Francia tiene un impuesto sobre las grandes fortunas, la idea de un gravamen europeo sobre el patrimonio ni es nueva, ni parece tan descabellada. Supondría considerarlo como ingreso propio de la Unión aunque la gestión recayera en cada Estado miembro; la recaudación se entregaría a la Hacienda europea después de descontar un porcentaje por gastos de gestión; y el importe de la recaudación entregada se deduciría de las aportaciones a realizar por el recurso procedente del IVA.

Principales ventajas: contribuir a la suficiencia financiera del sistema europeo, potenciar la armonización fiscal, aportar equidad en toda la zona, y disminuir los efectos negativos de los países con altos porcentaje de fraude en el IVA. El mayor inconveniente sería la posible deslocalización del ahorro fuera de la Unión Europea, pero el efecto se reduciría si la medida viniera acompañada de la implantación de la tasa Tobin (gravamen sobre transacciones especulativas) y la desaparición efectiva de los paraísos fiscales.

Seguir pavoneándonos con nuestra grandilocuencia europea sin profundizar en las ventajas que esta puede ofrecernos puede ser una opción, pero no la óptima.

Leer aquí: http://www.cincodias.com/articulo/opinion/equidad-cotiza/20101025cdscdiopi_1/cdsopi/
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