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29/12/2009 - OCU - Familia y vida privada - Impuesto de Sucesiones: Hacienda pide su parte

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Missatge  Montser Dt 29 Des 2009, 10:09

OCU
Familia y vida privada
Impuesto de Sucesiones: Hacienda pide su parte

El Impuesto de Sucesiones grava las herencias. Hay que liquidarlo en lo seis meses siguientes al fallecimiento. Su regulación está en manos de las Comunidades Autónomas, con lo que hay grandes diferencias según el lugar de residencia: mientras que en algunas comunidades hay grandes ventajas fiscales, en otras son inexistentes.

Los herederos que son descendientes, ascendientes o cónyuge del fallecido no pagan Sucesiones en el País Vasco. Y pagan muy poco en Navarra, Cantabria, La Rioja, Baleares, Castilla y León, Madrid, Murcia, Castilla-La Mancha, Canarias y Comunidad Valenciana.

Las Comunidades Autónomas con menos ventajas fiscales para este Impuesto que grava las herencias son Andalucía, Aragón, Asturias, Cataluña, Extremadura y Galicia. Si usted vive en alguna de estas, deberá pagar si recibe una herencia. Aun así, puede recortar la cuenta del Impuesto de Sucesiones y Donaciones poniendo en práctica los consejos de la OCU para pagar menos por la herencia

Leer aquí: http://www.ocu.org/familia-y-vida-privada/herencia-y-testamento-s476634.htm#Content
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