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08/03/2009 - Expansión - Las Comunidades con más impuestos podrán castigar a las empresas "fugadas"

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Missatge  Admin Dl 09 Mar 2009, 21:06

EXPANSION.COM
Las Comunidades con más impuestos podrán castigar a las empresas ‘fugadas’
(Enlace a la página de Expansión)

Publicado el 08-03-2009 , por C. Cuesta/D.Gracia. Madrid

Las tradicionales disputas entre dos comunidades por el cobro del Impuesto de Sucesiones y Donaciones tienen visos de convertirse en un insoportable calvario para las fortunas y empresas familiares.

Las autonomías que, como Cataluña o Extremadura, han decidido mantener este impuesto –que son por regla general las socialistas, puesto que los territorios liderados por el PP lo han eliminado casi en su totalidad– acaban de encontrar una poderosa arma: podrán obstaculizar a los contribuyentes que paguen en otro territorio (e incluso intentar que acaben liquidando dos veces el impuesto) gracias a la posibilidad de plantear batalla jurídica reclamando su competencia sobre la herencia.

Hasta ahora el contribuyente pagaba el impuesto por su herencia en alguna comunidad. En caso de que otra reclamase su derecho a gravar la herencia, esa batalla era ya cosa de una pura pelea entre regiones. Entre ellas y una junta de arbitraje debían dirimir el verdadero receptor del tributo intentando probar que el contribuyente residía en un sitio y no en otro.

Abismo fiscal
Pero la situación ha cambiado radicalmente. Ahora el incentivo de una familia o de un ahorrador para residir en una u otra comunidad se ha multiplicado: de estar en Madrid o Castilla y León, por citar un par de ejemplos, a estar en Cataluña o Andalucía va un abismo fiscal. Así, los movimientos de fortunas en busca de una baja tributación se han disparado y, con ellos, el apetito de las autonomías con más impuestos por seguir cobrando esos ingresos.

Y hay un segundo factor determinante. En medio de este contexto, el pasado diciembre se modificó el régimen legal del conocido popularmente como “cierre registral”, es decir, la imposibilidad de inscribir en los Registros –de la Propiedad o Mercantil– cualquier documento sin que se acredite previamente el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (introducida por el artículo 7.14 de la Ley 4/2008 de 23/12 –supresión del IP– (BOE de 25/12/0Cool. La carencia de la inscripción registral supone que no existe a los ojos de la fe pública, con lo que muy poco se puede hacer con los bienes afectados que quedan poco menos que en un limbo.

El cambio ha supuesto que ya no basta con pagar en un territorio. Por el contrario, ahora debe pagarse en la “Administración tributaria competente”. Es decir, que si un territorio defiende que realmente el contribuyente debía pagar en otra comunidad, porque considera que residía allí y no en otro lugar, podría presentar una reclamación y requerir el cierre de la hoja registral hasta que se resuelva el conflicto, provocando que a ojos de la fe pública no se haya cerrado la operación de recepción de los bienes en cuestión.

“Esta posibilidad puede suponer que una comunidad que defienda que era ella la que tenía derecho a cobrar el impuesto, juegue en su reclamación con los bienes afectados, provocando un daño tremendo al contribuyente”, señala Javier Gómez Taboada, de Ernst & Young Abogados. En su opinión, esto concede un “gran poder” a las autonomías que han mantenido el tributo.

La brecha fiscal de las comunidades autónomas
El mapa impositivo de España es cada vez más variopinto. El esfuerzo fiscal de los ciudadanos no es igual en todos los territorios, sobre todo, a la hora de rendir cuentas a Hacienda por la concesión de una herencia o la donación de unos bienes. El Impuesto de Sucesiones prácticamente se ha suprimido para cónyuges, ascendientes, descendientes y adoptados en Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, La Rioja y Valencia. En casi todas comunidades también se han reducido, hasta el 99%, el gravamen para la transmisión de empresas familiares, según datos del Registro de Economistas y Asesores Fiscales.
En el caso de las Donaciones, están liberadas de pagar a Hacienda entre familiares cercanos en Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Madrid; mientras que en Canarias y Valencia las bonificaciones son altas. El REAF constata que, en los últimos años, la tendencia generalizada ha sido reducir o suprimir este impuesto, que ha dejado de aplicarse en la mayoría de países europeos. Aunque persisten autonomías como Cataluña y Extremadura que apenas lo han alterado. Las comunidades gobernadas por el Partido Popular han sido más activas en este aspecto. Una rebaja fiscal sobre los patrimonios familiares que ha forzado al resto de regiones a aplicar las mismas recetas para no perder competitividad.
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