18/02/2009 - El lector opina - Aclaración
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18/02/2009 - El lector opina - Aclaración
El lector opina
Aclaración
Publicado el: 18/02/2009
JESÚS ZAMARREÑO
Premià de Dalt
Debo puntualizar la carta de Eduard Coll (17/02/2009). Lo que dice la lectora Anna Bosch en su carta del 15/02/2009 es cierto. La instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles, que puede consultarse en la página web de la Generalitat www.e-tributs.cat, dispone que las valoraciones de inmuebles que acepta la Generalitat para el impuesto de sucesiones deben ser, como mínimo, las obtenidas multiplicando el valor catastral por el coeficiente establecido por la Generalitat para cada población (que en Barcelona es el 3,2) y luego por 0,8. En este caso, dicha valoración casi triplica el valor catastral revisado en el 2002.
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Leerla en "La Vanguardia": http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20090218/53642690001.html
ESTA CARTA NO SE HA PUBLICADO COMPLETA. EL ORIGINAL ENVIADO A "LA VANGUARDIA" DECÍA:
Debo puntualizar la carta del Sr. Eduard Coll, publicada en "La Vanguardia" el 17/02/2009, ya que está equivocada y argumenta su error, con el que desinforma a los lectores, basándose en unas declaraciones de hace más de diez años.
Lo que dice la señora Anna Bosch en su carta del 15/02/2009 es cierto. La "Instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles ..." que puede consultarse en la página web de la Generalitat www.e-tributs.cat, dispone que las valoraciones de inmuebles que acepta la Generalitat para el Impuesto de Sucesiones deben ser, como mínimo, las obtenidas multiplicando el valor catastral por el coeficiente establecido por la Generalitat para cada población (que en Barcelona es el 3,2) y luego por 0,8. O sea, que en este caso dicha valoración casi triplica el valor catastral revisado en el 2.002. Para los lectores sensibilizados por este tema, infórmense y actúen contra este impuesto abusivo en la página web https://noimpostsuccessions.forocatalan.com.
Aclaración
Publicado el: 18/02/2009
JESÚS ZAMARREÑO
Premià de Dalt
Debo puntualizar la carta de Eduard Coll (17/02/2009). Lo que dice la lectora Anna Bosch en su carta del 15/02/2009 es cierto. La instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles, que puede consultarse en la página web de la Generalitat www.e-tributs.cat, dispone que las valoraciones de inmuebles que acepta la Generalitat para el impuesto de sucesiones deben ser, como mínimo, las obtenidas multiplicando el valor catastral por el coeficiente establecido por la Generalitat para cada población (que en Barcelona es el 3,2) y luego por 0,8. En este caso, dicha valoración casi triplica el valor catastral revisado en el 2002.
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Leerla en "La Vanguardia": http://www.lavanguardia.es/lv24h2007/20090218/53642690001.html
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ESTA CARTA NO SE HA PUBLICADO COMPLETA. EL ORIGINAL ENVIADO A "LA VANGUARDIA" DECÍA:
Debo puntualizar la carta del Sr. Eduard Coll, publicada en "La Vanguardia" el 17/02/2009, ya que está equivocada y argumenta su error, con el que desinforma a los lectores, basándose en unas declaraciones de hace más de diez años.
Lo que dice la señora Anna Bosch en su carta del 15/02/2009 es cierto. La "Instrucció per a la comprovació dels valors dels béns immobles ..." que puede consultarse en la página web de la Generalitat www.e-tributs.cat, dispone que las valoraciones de inmuebles que acepta la Generalitat para el Impuesto de Sucesiones deben ser, como mínimo, las obtenidas multiplicando el valor catastral por el coeficiente establecido por la Generalitat para cada población (que en Barcelona es el 3,2) y luego por 0,8. O sea, que en este caso dicha valoración casi triplica el valor catastral revisado en el 2.002. Para los lectores sensibilizados por este tema, infórmense y actúen contra este impuesto abusivo en la página web https://noimpostsuccessions.forocatalan.com.
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