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15/07/2010 - Economía - Reportaje | Consecuencias fiscales de la muerte - Herencias sin peleas

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Missatge  Montser Dv 16 Jul 2010, 11:24

EL PERIÓDICO.COM
Economía
Reportaje | Consecuencias fiscales de la muerte
Herencias sin peleas
Publicado 15/07/2010. Edición impresa, pág. 42
AGUSTÍ SALA
BARCELONA

El legado puede provocar líos familiares o cargas tributarias elevadas que, con poco coste previo, se habrían evitado, según Alejandro Ebrat, autor de un manual para pagar menos por la sucesiones
J
El autor de 'Las sucesiones y donaciones en Catalunya con la nueva reforma' (Deusto, 2010) ha visto de todo. Una clienta propuso un día legar sus bienes a su perro. La ley lo impide y tuvo que conformarse con cederlos a una protectora de animales siempre que atendiera a su querida mascota. No hay nada que no resuelva un buen testamento.
zoom Ebrat posa, ayer, en su despacho de Barcelona.

El abogado Alejandro Ebrat, experto en asesoría fiscal, aún recuerda una vez en la que tuvo que llamar a la policía para evitar que en su despacho «una madre y sus hijos llegaran a las manos tras leer el testamento del padre recién fallecido».

También se estremece al rememorar el caso de dos mujeres que convivieron más de 40 años y, tras fallecer una de ellas y legarlo todo a la otra, la beneficiaria tuvo que tributar por el máximo posible, el 64% (el tipo máximo multiplicado por dos, al ser considerada una familiar muy lejana o amiga). Y todo porque, al no haberse inscrito como pareja de hecho ni haberse casado, no podían asimilarse a un matrimonio (familia directa).

Y no digamos aquellos hijos que tardaron cuatro años en cobrar la herencia paterna, una fortuna en viviendas, por las peleas entre ellos; o los cientos de testamentos en los que los familiares directos descubren en el despacho del abogado que el abuelo lega sus bienes a su cuidador...

Muchos de estos conflictos y problemas podrían haberse evitado con un pequeño gasto previo de notaría para detallar y concretar los últimos deseos. Pero siguen produciéndose como consecuencia de los tres elementos que caracterizan al testamento catalán, «que es el más común y el peor de todos», afirma.

La primera variable tiene que ver con establecer al cónyuge como primer heredero. «Lo ideal es dividirla con los hijos para que resulte menos gravosa, aunque estableciendo medidas de cautela, como que no se pueda vender mientras viva la madre o el padre, etc».

El segundo elemento está relacionado con la condición de usufructuario del cónyuge vivo cuando no hay testamento (puede disfrutar del mismo pero no es su propietario pleno) o cuando esto se establece en el testamento. «Si el cónyuge o los hijos, que son los nudos propietarios (sin derecho a disfrute), necesitan vender, requieren la autorización del resto y eso genera peleas. Es mejor establecer normas en el testamento».

Y la tercera variable que provoca desavenencias es la herencia en genérico, sin concretar. «Hay que individualizar los bienes. Esto para uno, esto para el otro... Lo indiviso, como una casa con más de un titular, siempre es conflictivo». Además están las «herencias envenenadas». Al recibirlas se asumen las deudas. Por eso siempre hay que hacer constar que se acepta «a beneficio de inventario», es decir, que las deudas o cargas que pudieran haber se cubren con el límite del patrimonio recibido. Y a veces, incluso es positivo repudiar la herencia en favor de los hijos.

En el fondo, «los problemas con las herencias los crea el muerto por no haber planificado antes».

Y ante este panorama ¿qué es mejor, legar o donar? Como todo abogado, Ebrat dictamina: «Depende del importe y del bien. Pero todo lo que supere los mínimos exentos en las herencias a familiares directos (padres, hijos y pareja), es mejor donarlo en vida porque paga menos en Catalunya». Ebrat se planteó publicar un manual sobre el impuesto al acometer su reforma la Generalitat y detectar el desconocimiento general del mismo, pese a ser un tributo que, hasta el año pasado, pagaron 40.000 contribuyentes al año y aportó 991 millones de euros.

En su opinión, es bueno fomentar las donaciones --en Catalunya, entre familiares directos, pagan un máximo del 9%; y las herencias, el 32%–, «porque, si no, el patrimonio sobrante, queda apalancado». No suprimiría del todo el gravamen a las herencias, pero «este no tendría que sobrepasar el 15%».

Leer aquí: http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/20100715/herencias-sin-peleas/387668.shtml
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