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24/01/2010 - XORNAL.COM De Galicia - Estratexias - La asignatura pendiente del Impuesto de Sucesiones

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Missatge  Montser Dg 24 Gen 2010, 10:36

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La asignatura pendiente del Impuesto de Sucesiones
Publicado 24/01/2010
Ana camiño

Los expertos en fiscalidad lo reconocen: parece poco acorde con el constitucional principio de igualdad que, en función de la comunidad autónoma en la que se resida, uno pueda pagar miles de euros por recibir una herencia o, en otros casos, ya mayoría, quedar libres de todo gravamen. Y es que nadie quiere pagar impuestos si su vecino no lo hace, ya sea en su propia comunidad o en la limítrofe.

El debate no es nuevo, pero ha salido otra vez a la palestra con un reciente cambio en la normativa, para evitar las supuestas fugas de capital entre diferentes comunidades. Cataluña, que se sentía perjudicada por la anterior norma al entender que le ocasionaba “fugas de patrimonios”, instó esta relevante modificación con ocasión del debate que cristalizó en el nuevo modelo de financiación autonómica.

La variación de la tasa en las distintas comunidades autónomas, en este caso en lo referente a donaciones, habría provocado que numerosos catalanes, residentes en la comunidad, comenzasen a registrar sus bienes en otros lugares con el objetivo de evitar el paso por las arcas públicas.

Lo explica bien Franciso Javier Gómez Taboada, director de Ersnt&Young Galicia. “El impuesto, en el caso de las donaciones, se recauda en la comunidad donde resida el adquiriente del patrimonio, salvo que se trate de inmuebles, caso en el que se recaudará en la comunidad donde esté el inmueble”, dijo a Xornal de Galicia. Con esta premisa, el Gobierno de la Generalitat detectó casos de donaciones de inmuebles ubicados en otras comunidades con el presunto fin único de evitar el pago, que puede suponer miles de euros, a la Administración catalana. En el caso de las sucesiones, hasta ahora se tributaba “siempre” en la comunidad donde residiese el fallecido durante el año previo a su muerte. La administración sostiene la posible existencia de presuntos casos de cambios de residencia de personas que se mudarían a otra comunidad evitando el pago del impuesto.

Para evitarlo, desde el pasado 1 de enero está en vigor un cambio normativo por el que el patrimonio tribute, a la hora de la sucesión, en la comunidad donde el propietario haya residido, “la mayor parte de los cinco años previos a su fallecimiento”, dijo. “Es decir”, explica Taboada, “donde el transmitente hubiese vivido los últimos dos años y medio de su vida”.

REFORMA PENDIENTE EN GALICIA

En cualquier caso, Cataluña sigue siendo una de las pocas comunidades en las que aún (aunque por poco tiempo) se grava, en una tasa elevada, este impuesto, que ha desaparecido “prácticamente” en comunidades como Castilla-León, Valencia, Madrid, País Vasco o Navarra.

En el caso de Galicia, esta tasa sigue aún vigente tras la tímida reforma abordada por el anterior Gobierno bipartito a finales del año 2008, pocos meses antes de que el PPdeG se hiciese con la Xunta en las elecciones de 2009.

Núñez Feijóo, por su parte, garantizó entre mitin y mitin que acometería cambios en este tributo durante su legislatura. Nada por el momento. La mala situación económica le sirve de escudo para evitar abordar una reforma que reporta jugosos ingresos a la Administración.

El bipartito preveía que el cambio dejaría libre de impuestos al 90% de las herencias, todas aquellas cuya base imponible fuese inferior a 125.000 euros. Paradójicamente, Gómez Taboada recuerda que los presupuestos de la Xunta de 2009 (primer ejercicio completo de vigencia de la reforma) preveían que la recaudación por este impuesto descendiese en solo un 15% respecto al año anterior. Por el momento, las trasmisiones y donaciones, entre familiares de primer grado o directos, se gravan en un 5% en el mejor de los casos, cuando la base imponible sea inferior a los 50.000 euros, según recoge Facenda. Recibir esta herencia le puede costar a un gallego 2.500 euros.

El porcentaje se eleva según aumenta la cuantía de la que se trate y puede llegar, como máximo, hasta el 18% del patrimonio, cuando se trata de cifras por encima del millón y medio de euros. En este caso, el receptor de la herencia debería pagar a Facenda la friolera de 198.000 euros. Las cifras se elevan aún más cuando las trasmisiones se hacen entre familiares entre los que no existe un parentesco directo, que puden llegar a tributar hasta un 18% de lo recibido, hasta 200.000 euros en patrimonios millonarios.

Leer aquí: http://www.xornal.com/artigo/2010/01/23/unknown/asignatura-pendiente-impuesto-sucesiones/2010012320303200224.html
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