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EXPERIENCIAS NEGATIVAS QUE OS PUEDEN RESULTAR ÚTILES

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EXPERIENCIAS NEGATIVAS QUE OS PUEDEN RESULTAR ÚTILES Empty Re: EXPERIENCIAS NEGATIVAS QUE OS PUEDEN RESULTAR ÚTILES

Missatge  JordiBlanco Dj 08 Oct 2009, 13:15

jordibonet escrigué:En nombre propio y de los compañeros de junta te doy las gracias por exponer tu caso particular con tanto detalle, aprovecharé para contar otro algo parecido, ya que coincide en que lo que mas valor tendrá en la herencia, está a nombre de uno sólo de los cónyuges lo que magnifica todavía mas el expolio por la "progresividad" del impuesto.

Mi amigo Juan es hijo único de María y Pedro, María y Pedro vivieron durante muchos años en un piso de alquiler, pero con lo que pudieron ahorrar, en los 70 compraron un terrnillo en una urbanización en el que contruyeron un pequeño barracón en el que pasaban los fines de semana y las vacaciones, y con todavía mas esfuerzo, incluyendo el de Juan que empezó a trabajar a los 14 años y aportó la mayor parte de su sueldo a la economía familiar (tal y como era tradicional en aquellos tiempos), acabaron edificando una casita, que años después ampliaron para que la pudieran disfrutar también su nuera y sus dos nietos, entretanto tuvieron que pagar para que urbanizaran las calles, para que se instalara iluminación, y por último para instalar alcantarillado, ya que como muchas de las primeras urbanizaciones, empezaron siendo "can fanga".

Cuando María y Pedro se jubilaron a finales de los 90, empezó a gestarse la burbuja, y la primera afectación que sufrieron, fué el bulling inmobiliario ya que el bloque donde ellos vivían fué adquirido por la típica empresa especuladora, al final, como no son ni saben de pleitear, acabaron aceptando una mísera indemnización de dicha empresa, y tuvieron que alquilar otro piso ya a precios de mercado.

Recientemente cuando fuí a hacer campaña pro nuestro voto nulo, fuí a visitar a Juan al que hacía años que no veía, cuando le hablé del tema, me dijo "però aixó no ho han tret" ya que siendo ellos mas bien de clase baja, se quedó con el discurso del tripartito que hace unos años dijo que la mayoría de catalanes se libraría de esto. Una vez le expliqué lo que había, Juan me pidió el favor de que le calculara cuanto les tocaría pagar, para ello le pedí que me llamara o enviara un e-mail para facilitarme el valor catastral de la torre y el saldo de un plazo fijo que sus padres tienen como "raconet" por si lo necesitaran.

- Resultado: La torreta y el terreno según la Generalitat se tendrá que valorar en 350.000 € y está a nombre de Pedro, y entre la libreta y el plazo fijo 40.000 € con titularidad común.

- Pongamos que fallece María (como por desgracia puede suceder, ya que está muy delicada de salud), como dejaría 20.600 € de su mitad de los saldos mas el 3% de ajuar, ciertamente nada se pagará de impuesto, ya que Juan por legítima recibirá una cuarta parte, y el resto pasará a su padre, por tanto les vale la miseria de reducción general de 18.000 €.

- ¿Y que pasará cuando fallezca Pedro?, pues que dejará casi 400.000 € a su hijo Juan inluyendo de nuevo el dichoso 3% de "ajuar". Juan tendrá que pagar 74.093 € sólo de impuesto de sucesiones (recuerdo que heredar un inmueble también implica pagar gastos de notario y registro, y sobre todo, la plusvalía municipal), eso es un 18,5% sobre el valor de la heréncia recibido, creo que a eso el Conseller Castells lo denomina un "percentatge petit", lo podeis oir en nuestra fonoteca pinchando aqui.

Desde luego que Juan se quedó mudo cuando lo llamé para contárselo, y tras unos instantes en los que se quedo enmudecido, me contestó con una frase que un abogado especialisa me dijo que oía con cierta frecuencia: "NO POT SER".

Daros todos por enterados que "SI POT SER", los testimonios de este mismo foro lo demuestran.


SI POT SER, LO SUSCRIBO.

Mi caso es practicamente igual (ya expuesto en "Con 24 años, sín madre, sín trabajo y obligado a hipotecarme")

Con 24 años, sín trabajo ni nada debo pagar casi 80.000 euros. Familia de clase media y una madre, que como "María" ahorraba y ahorraba, ¿para que?
Me he dado cuenta que de lo que voy a pagar de impuesto de sucesiones multiplica por más de 40 lo que pagó mi madre por las propiedades al comprarlas.

¿Os imagináis, si pagamos ahora por un piso normal 250.000 Euros, que el impuesto que pagarán nuestros hijos y/o nietos será de más de 10 millones de euros?(si continúa en la misma linea) son matemáticas, y es increíble! pues igual de increíble que le resultaría a mi madre que alguien hace 30 años le hubiera dicho lo que tendría que pagar su hijo cuando falleciera.

Ayer mi padre, me dijo que el abogado que tenía antes, que se vendió un local que tenía y se gastó todo el dinero en sus hijos (entonces pequeños) para poder disfrutar realmente de su esfuerzo en vida,tanto él como los suyos. Viajando, comprando juguetes, pagando unos buenos estudios, etc... "para que se queden el dinero que he ahorrado para mis hijos, mejor gastármelo en vida y que les llegue y que pueda verlo."
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Missatge  Montser Dg 05 Jul 2009, 13:45

Muchas gracias a vosotros por haber creado esta Asociación, que a mí personalmente me está ayudando mucho a desahogar toda la rabia que llevo dentro. DE VERDAD, MUCHÍSIMAS GRACIAS A TODO EL TRABAJO QUE HACÉIS.

He añadido un comentario al punto 1.- de mi escrito, porque creo que no se entendía muy bien lo que quería exponer.

Intentaré con mi experiencia ayudar en todo lo que pueda. En principìo estaba esperando a tener respuesta de la Generalitat, pero el Recurso de Reposición deben resolverlo antes de 1 mes, pero no implica que si no lo han resuelto en el plazo indicado me hayan dado la razón. Es decir, ahora como ya he pagado, ahora me toca esperar respuesta, que el abogado me ha comentado que suelen tardar muchísimo, y que incluso en ocasiones han tenido que recurrir al Síndic de Greuges para que después de pasados bastantes meses, se diera una respuesta.
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Missatge  jordibonet Dg 05 Jul 2009, 13:21

En nombre propio y de los compañeros de junta te doy las gracias por exponer tu caso particular con tanto detalle, aprovecharé para contar otro algo parecido, ya que coincide en que lo que mas valor tendrá en la herencia, está a nombre de uno sólo de los cónyuges lo que magnifica todavía mas el expolio por la "progresividad" del impuesto.

Mi amigo Juan es hijo único de María y Pedro, María y Pedro vivieron durante muchos años en un piso de alquiler, pero con lo que pudieron ahorrar, en los 70 compraron un terrnillo en una urbanización en el que contruyeron un pequeño barracón en el que pasaban los fines de semana y las vacaciones, y con todavía mas esfuerzo, incluyendo el de Juan que empezó a trabajar a los 14 años y aportó la mayor parte de su sueldo a la economía familiar (tal y como era tradicional en aquellos tiempos), acabaron edificando una casita, que años después ampliaron para que la pudieran disfrutar también su nuera y sus dos nietos, entretanto tuvieron que pagar para que urbanizaran las calles, para que se instalara iluminación, y por último para instalar alcantarillado, ya que como muchas de las primeras urbanizaciones, empezaron siendo "can fanga".

Cuando María y Pedro se jubilaron a finales de los 90, empezó a gestarse la burbuja, y la primera afectación que sufrieron, fué el bulling inmobiliario ya que el bloque donde ellos vivían fué adquirido por la típica empresa especuladora, al final, como no son ni saben de pleitear, acabaron aceptando una mísera indemnización de dicha empresa, y tuvieron que alquilar otro piso ya a precios de mercado.

Recientemente cuando fuí a hacer campaña pro nuestro voto nulo, fuí a visitar a Juan al que hacía años que no veía, cuando le hablé del tema, me dijo "però aixó no ho han tret" ya que siendo ellos mas bien de clase baja, se quedó con el discurso del tripartito que hace unos años dijo que la mayoría de catalanes se libraría de esto. Una vez le expliqué lo que había, Juan me pidió el favor de que le calculara cuanto les tocaría pagar, para ello le pedí que me llamara o enviara un e-mail para facilitarme el valor catastral de la torre y el saldo de un plazo fijo que sus padres tienen como "raconet" por si lo necesitaran.

- Resultado: La torreta y el terreno según la Generalitat se tendrá que valorar en 350.000 € y está a nombre de Pedro, y entre la libreta y el plazo fijo 40.000 € con titularidad común.

- Pongamos que fallece María (como por desgracia puede suceder, ya que está muy delicada de salud), como dejaría 20.600 € de su mitad de los saldos mas el 3% de ajuar, ciertamente nada se pagará de impuesto, ya que Juan por legítima recibirá una cuarta parte, y el resto pasará a su padre, por tanto les vale la miseria de reducción general de 18.000 €.

- ¿Y que pasará cuando fallezca Pedro?, pues que dejará casi 400.000 € a su hijo Juan inluyendo de nuevo el dichoso 3% de "ajuar". Juan tendrá que pagar 74.093 € sólo de impuesto de sucesiones (recuerdo que heredar un inmueble también implica pagar gastos de notario y registro, y sobre todo, la plusvalía municipal), eso es un 18,5% sobre el valor de la heréncia recibido, creo que a eso el Conseller Castells lo denomina un "percentatge petit", lo podeis oir en nuestra fonoteca pinchando aqui.

Desde luego que Juan se quedó mudo cuando lo llamé para contárselo, y tras unos instantes en los que se quedo enmudecido, me contestó con una frase que un abogado especialisa me dijo que oía con cierta frecuencia: "NO POT SER".

Daros todos por enterados que "SI POT SER", los testimonios de este mismo foro lo demuestran.
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Missatge  Montser Dg 05 Jul 2009, 10:56

Mi padre falleció hace ya casi 5 años, y pagamos un elevado Impuesto de Sucesiones. Nosotros hicimos una Autoliquidación, pero justo 15 días antes de la prescripción, recibimos por parte de la Generalitat una PROPUESTA DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO DE SUCESIONES, en la que nos reclaman más dinero.

Nos pusimos en contacto con un abogado e hicimos un Escrito de Alegaciones en el que hacíamos constar nuestro desacuerdo, por diversos motivos. A los 14 días exactos, recibimos notificación de CARTA DE PAGO, en la que se nos admitían algunas alegaciones (una cantidad mínima irrisoria) y nos denegaban el resto.

En el plazo de un mes presentamos RECURSO DE REPOSICIÓN (no sin antes haber pagado ya lo que nos reclaman), y actualmente estamos a la espera de contestación, pero ya presumo que será desestimado, ellos intentan que paremos en algún momento.

Todo esto os lo cuento, porque desde mi experiencia, me gustaría daros algunos consejos o mejor dicho haceros algunas recomendaciones, para que no os pase lo mismo que a mí, y luego tengáis que presentar recursos, del mismo modo que os puede ayudar a “rebajar” algo, el maldito impuesto. Todo esto es para tenerlo ya preparado antes de que llegue el fallecimiento del causante.

1.- Comprobar antes en el Catastro, que los datos de los inmuebles sean correctos, concretamente que el uso que se les asigna , y los metros cuadrados se corresponden con la realidad.

Mi caso: inmueble que consta en el Catastro como “local comercial”, cuando está dado de alta en el Ayuntamiento desde hace más de 10 años como “garaje de uso privado familiar” (error: no se modificó el uso en el Catastro). Se hizo constar en la Escritura de Herencia, se pagó por él al alza, a la espera de que el Catastro rebajara el valor. Después de 2 años, el Catastro rebajó el valor, y nosotros habíamos pagado por un valor superior. Y no reclamamos nada por ello, lo dejamos tal como estaba. Es ahora cuando vienen ellos y dicen que no, que el valor que da el Catastro no vale, y hacen otra valoración como "local comercial", de casi el doble de la que da el Catastro y multiplicado por el coeficiente correspondiente.

Presentado todo esto en las alegaciones, lo desestimaron. Vale, que estaba mal en el Catastro, pero el valor, es el “valor real a fecha de la defunción”. Ellos siguen valorándolo como “local comercial”.

2.- Cuando ya era demasiado tarde, me di cuenta que un inmueble constaba con 170 m2 más de la realidad. El Catastro posteriormente bajó el valor. No se pudo tener en cuenta.

3.- Demasiado tarde me dí cuenta también que un local tenía una servidumbre, con lo cual también se podría haber rebajado el valor. No se hizo.

4.- En los “gastos de última enfermedad” se pueden incluir todos los gastos relacionados con la enfermedad del causante de 1 año anterior a la defunción. OJO: deben haber sido pagados por los herederos y con justificantes. Por ello pagad todo lo que podáis los herederos, a ser posible con tarjeta de crédito, y que conste en las facturas.

Mi caso: ambulancia pagada en efectivo por mÍ, unos días antes del fallecimiento de mi padre, pero que evidentemente uno no cae, y lo rellenaron con el nombre del paciente, porque entre otras cosas era lo que había que rellenar en un resguardo que te dan y que viene con ese dato, no con el nombre de quien paga, y como fue en efectivo, pues no lo aceptan. Pero es que además casi todos los comprobantes que se adjuntaron (clínica, colchón especial, materiales de ortopedia, etc...) fueron pagados por mí y con tarjeta de crédito, y tampoco los aceptan, contestación: fueron pagados por el causante. ES UN ESCÁNDALO, no miran nada, solo dicen que NO A TODO Y PUNTO.

Ya os iré contado más.


Editat per darrera vegada per Montser el Dg 05 Jul 2009, 13:37, editat 2 cops en total
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