entrada en vigor nueva ley
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Re: entrada en vigor nueva ley
O, dit d'una altra manera, la prescripció es de 4 anys des del moment en que acaba el període voluntari de pagament que, en el cas d'aquest impost, es de sis mesos després de la data de defunció. Per tant, el termini total de prescripció es de quatre anys i sis mesos des d'aquella data.

Admin- Admin
- Nombre de missatges: 928
Fecha de inscripción: 2008-10-26
Edad: 61

Re: entrada en vigor nueva ley
L'acció per reclamar l'impost prescriu als quatre anys i sis mesos a comptar des de la data de la defunció.
mylai- Nombre de missatges: 171
Fecha de inscripción: 2009-04-25
Re: entrada en vigor nueva ley
Mylai:
¿La prescripción son 4 años desde el fallecimiento ó 4 años y seis meses?
Artículo 24. Prescripción.
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos y acciones:
¿La prescripción son 4 años desde el fallecimiento ó 4 años y seis meses?
Artículo 24. Prescripción.
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos y acciones:
El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
La acción para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas.
La acción para imponer sanciones tributarias.
El derecho a la devolución de ingresos indebidos.
joan64- Nombre de missatges: 38
Fecha de inscripción: 2009-11-19
Re: entrada en vigor nueva ley
Mylai: Si su madre (E.P.D.) falleció hace mas de un año y el departamento de finanzas de la Generalitat no le ha hecho ninguna acta de reclamación, supongo que habrá prescrito.
En este supuesto ¿no puede tramitar ya la legalización?. Rafel
En este supuesto ¿no puede tramitar ya la legalización?. Rafel
Rafel- Nombre de missatges: 118
Fecha de inscripción: 2008-11-13
Edad: 69
Re: entrada en vigor nueva ley
Lamentablement t'hauràs d'acollir a la anterior legislació, perque la nova Llei s'aplica a les herències derivades de defuncions produides a partir del dia 1 de gener de 2.010.
mylai- Nombre de missatges: 171
Fecha de inscripción: 2009-04-25
entrada en vigor nueva ley
Hola, muchas felicidades para los creadores de éste Foro.
Tengo una duda y quisiera , si pueden, me respondan.
Mi madre falleció el día 3-12-2008, quisiera saber si puedo acojerme a la nueva ley del IS., para poder legalizar las herencia.
Gracias.
Tengo una duda y quisiera , si pueden, me respondan.
Mi madre falleció el día 3-12-2008, quisiera saber si puedo acojerme a la nueva ley del IS., para poder legalizar las herencia.
Gracias.
AFARI- Nombre de missatges: 1
Fecha de inscripción: 2009-09-03
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